10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ROBINSON ENRIQUE PINILLA MUÑOZ

Rol

O-1406-2019

Fecha

7 de octubre de 2022

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 05 de abril del año 2019, aproximadamente a las 19:00 horas, funcionarios de Carabineros al fiscalizar el vehículo marca Toyota, placa patente única WP-48-87, conducido por el imputado ROBINSON ENRIQUE PINILLA MUÑOZ en la intersección de calles Antonio Da Camara Canto con Avenida Cerrillos comuna de Pedro Aguirre Cerda, luego de percatarse del fuerte olor a marihuana que emanaba al interior del automóvil, sorprendieron al imputado ya señalado transportando y manteniendo en su poder al interior de una caja de cartón de zapatillas con 360 gramos brutos de cannabis sativa, todo ello sin la autorización legal respectiva. La sentencia se encuentra íntegramente grabada bajo el nombre 1900370042-1-1229 en sala 202-B. Santiago, siete de octubre de dos mil veintidós. Vistos: En los artículos 1, 3, 5, 11 N° 9, 15 N°1, 30, 49, 67, 68, 69, 70 y demás pertinentes del Código Penal, artículos 1, 3, 52 y siguientes de la Ley 20.000, además de los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal. Código: TNXHXBYVYMS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se declara: l.- Se condena a don ROBINSON ENRIQUE PINILLA MUÑOZ, ya individualizado, a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, además de la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, el comiso de las especies incautadas en su poder y la multa de 5 unidades tributarias mensuales, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, cometido el día 05 de abril del año 2019 en la comuna de Pedro Aguirre Cerda. lI.- Que atendido el tiempo que ha permanecido privado de libertad, esto es, desde el día 05 de abril de 2019 hasta el 21 de mayo de 2019, asimismo desde el 30 de octubre de 2019 hasta el día de hoy 07 de octubre de 2022, ha transcurrido el tiempo en exceso que se le ha impuesto en esta sentenci

Fallo

Se declara: l.- Se condena a don ROBINSON ENRIQUE PINILLA MUÑOZ, ya individualizado, a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, además de la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, el comiso de las especies incautadas en su poder y la multa de 5 unidades tributarias mensuales, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, cometido el día 05 de abril del año 2019 en la comuna de Pedro Aguirre Cerda. lI.- Que atendido el tiempo que ha permanecido privado de libertad, esto es, desde el día 05 de abril de 2019 hasta el 21 de mayo de 2019, asimismo desde el 30 de octubre de 2019 hasta el día de hoy 07 de octubre de 2022, ha transcurrido el tiempo en exceso que se le ha impuesto en esta sentencia y por lo tanto la pena corporal impuesta se le tendrá por cumplida. III.- Que, así mismo, en relación a las 5 unidades tributarias mensuales, haciendo la conversión en días de prisión, atendido lo dispuesto en el artículo 70 y demás pertinentes del Código Penal, se le convierte en 15 días de prisión y se le tiene por cumplida con el tiempo que permaneció privado de libertad. IV.- En relación al comiso, será respecto de la droga y la balanza digital incautadas. VI.- Ejecutoriada que sea la sentencia, se ordena el registro de la huella genética del condenado de conformidad al artículo 17 de la Ley 19.970. VII.- Sin costas por h

Texto Completo (Preview)

RUC : 1900370042-1 RIT : 1406-2019 MAGISTRADO : CRISTINA SOLANGE GATICA GUTIERREZ NOMBRE IMPUTADO : ROBINSON ENRIQUE PINILLA MUÑOZ CÉDULA DE IDENTIDAD : 18.256.321-8 DOMICILIO : ALTO DE SERRANO, BLOCK X, DEPTO. N° 102, QUILLOTA. FISCAL : IGNACIO JAVIER PEFAUR CORNEJO DEFENSOR PRIVADO : MARGARITA OLAYA ESCOBAR HERNANDEZ TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : Siete de o

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