C/ EDITH ROMINA SANDOVAL MANCILLA
Rol
O-328-2022
Fecha
11 de octubre de 2022
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: 7 Que, con fecha cuatro de octubre del año en curso, ante esta Sala del Sexto 8 Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados 9 doña Javiera Meza Fuentes como Jueza presidente, doña Françoise Giroux 10 Mardones como redactora y don Gregory Rojas Cerda, como tercer integrante, se 11 llevó a efecto mediante video conferencia en plataforma ZOOM, atendida la 12 emergencia sanitaria, el estado de catástrofe por pandemia de Covid-19 y lo 13 dispuesto en el artículo 7, inciso 3° de la Ley 21.226 y artículo 20 del Acta 53 de 14 la Excelentísima Corte Suprema, la audiencia de juicio oral RIT N° 328-2022, 15 RUC N° 2200012081-6, seguida en contra del acusado EDITH ROMINA 16 SANDOVAL MANCILLA, soltera, 27 años, cédula de identidad Nº19.279.801-9, 17 comerciante, domiciliada Pasaje La Serena Nº657, Población Almendro I, comuna 18 de el Bosque representado por la defensora penal pública Juan Pablo Gómez 19 Concha, con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. 20 Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado 21 por el fiscal Rodrigo Paredes Belmar. 22 PRIMERO: Acusación. Que, según el auto de apertura del juicio oral, los 23 hechos materia de la acusación son los siguientes: “Que el día 04 de enero de 24 2022 siendo aproximadamente las 17:45 horas, la imputada EDITH ROMINA 25 SANDOVAL MANCILLA mantenía bajo su poder, al interior del patio de su 26 inmueble, ubicado en La Serena N°657, comuna de El Bosque, conociendo o 27 no pudiendo menos que conocer su origen ilícito, una motocicleta marca CF 28 modelo 400 NK, placa patente única RCR-069, no teniendo ningún tipo de 29 documentación que acreditase el dominio o la adquisición de la motocicleta, 30 que mantenía en el patio de su inmueble y además esta mantenía un 31 encargo vigente por el delito de robo con violencia e intimidación del 32 Servicio de Encargo y Búsqueda de Vehículos de Carabineros, 33 N°202201_0670 de conformidad a la denunc
Fundamentos
motivos de 31 su presencia en el lugar, aceptando ella el ingreso del personal policial al 32 inmueble y la sorprenden manteniendo en su poder la motocicleta que estaba 33 dentro de su domicilio mientras sólo ella y un adulto mayor estaban en éste, por 34 lo cual fue detenida. 35 En cuanto a la vulneración de garantías invocada por la Defensa, las 36 gestiones realizadas por la víctima son solamente indicios. De hecho, ninguna de 37 las imágenes ni fotografías obtenidas por la víctima fue aportada ni algún registro 38 Código: KXPLXBRMWGS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 del GPS por tratarse de elementos particulares recabados por la víctima que 1 posteriormente fueron ratificados por el personal policial y en dichas 2 circunstancias, al llegar al domicilio y hacer ingreso voluntario con autorización 3 de la acusada, es que encuentran la motocicleta y le dan a conocer sus derechos. 4 Que, en cuanto al fundamento de la Defensa de vulneración de garantías 5 por no haberse obtenido autorización fiscal o judicial para ingresar al inmueble, 6 ocurre que acá es aplicable el artículo 83 del Código Procesal Penal. Acá hubo 7 flagrancia, y todos los indicios que recabó la víctima fueron confirmados por el 8 personal policial y luego de confirmar el delito la acusada fue detenida. 9 El elemento material del delito era la motocicleta robada a la víctima y el 10 domicilio correspondía a la imputada quien no podía menos que conocer el origen 11 espurio pues no era de ninguno de los habitantes del inmueble y no se justificó 12 su adquisición legítima. 13 Reitera su pretensión de condena. 14 TERCERO: Alegaciones de la defensa: En su discurso inicial, la defensa 15 abogó por la absolución de su defendida por 2 razones: 1) Ilegalidad en cuanto al 16 procedimiento policial que culminó con el ingreso y hallazgo del vehículo al 17 interior del domicilio de su representada. 18 2) Falta de acreditación del dolo en cuanto al conocimiento del origen ilícito 19 del vehículo, ya que la acusada no era residente habitual del inmueble donde fue 20 encontrada la motocicleta. 21 En su alegato de término conservó su pretensión absolutoria. Al efecto 22 argumentó que la prueba dejó en evidencia la vulneración de la garantía 23 constitucional de la inviolabilidad del hogar y el derecho a la vida privada. 24 Ello, toda vez que en el ámbito de la investigación y persecución penal 25 independiente de quién la realizara, se vulneraron tales derechos. 26 En este caso se contrató una empresa particular para merodear el interior 27 de una propiedad que abarca no sólo la casa, sino que el terreno que lo circunda 28 donde se desarrolla un ámbito de vida privada. Así las cosas, las imágenes del 29 patio trasero, del pasillo y del frontis no había posibilidad de poder advertirlo de 30 no haberse utilizado dicho elemento (sic) que si bien resultó muy útil para la 31 recuperación del vehículo, la información que de ese elem
Fallo
por tanto, que se conozca ni la 18 clase ni naturaleza del delito concreto del cual proceden las especies receptadas, 19 sino solo que cualquier persona, atendidas las circunstancias del hecho, pueda 20 sospechar, aplicando un mínimo de inteligencia que las especies no tienen un 21 origen lícito. También se ha dicho que si el agente ni siquiera se ha representado 22 dicho origen ilícito, entonces no habrá delito (Matus y Ramírez, Lecciones de 23 Derecho Penal Chileno T.II, pág. 117). 24 Ha de señalarse por otra parte, que, para el caso de la receptación de 25 vehículos motorizados, la ley chilena ha establecido una figura penal más grave. 26 NOVENO: Valoración de la prueba y fundamentos de la decisión de 27 absolución, por el delito de receptación de vehículo: Que, luego del análisis global y 28 conjunto de los testimonios de los funcionarios aprehensores, de la víctima del 29 delito base y de la prueba documental, se pudo establecer que: 30 a) Con fecha 4 de enero de 2022 alrededor de las 23:00 o 00:00 hrs, 31 G.P.P.R fue víctima del robo con violencia de su motocicleta marca CF modelo 32 400 NK, placa patente única RCR-069 por parte de alrededor de 8 sujetos que lo 33 interceptaron en la vía pública cruzándole una camioneta mientras el afectado se 34 dirigía hacia su domicilio. Que, a efectos de sustraerle su motocicleta y especies 35 que portaba, los sujetos descendieron del vehículo mayor y lo golpearon y 36 amenazaron con elementos con apariencia de armas de fuego, logra
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1 RUC N° 2200012081-6 1 RIT N° 328-2022 2 C/ EDITH ROMINA SANDOVAL MANCILLA 3 DELITO: RECEPTACION DE VEHICULO MOTORIZADO 4 5 Santiago, once de octubre de dos mil veintidós. 6 VISTOS: 7 Que, con fecha cuatro de octubre del año en curso, ante esta Sala del Sexto 8 Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados 9 doña Javiera Meza Fuentes como Jueza presidente, doña Fr
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