Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

GONZALO ANTONIO GUTIERREZ MORALES C/ FRANCISCO JAVIER ESPINOSA FERNANDEZ

Rol

O-4317-2022

Fecha

4 de octubre de 2022

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 06 de julio de 2021, alrededor de las 17:28 horas, personal de Carabineros sorprendió en Avenida Las Azucenas intersección Puerto Sidney, de la ciudad de Viña del Mar al imputado Francisco Javier Espinoza Fernández mientras conducía el vehículo marca Nissan, modelo V-16, PPU WP-4860, pese a que al imputado fue condenado a la pena de suspensión de licencia de conducir por el plazo de dos años en virtud de sentencia dictada con fecha 15 de enero de 2020 por el juez de garantía Marisol González Vera del Juzgado de Garantía de Valparaíso en causa RUC 1900995805-6, RIT 9958-2019. Sentencia Vistos, oídos y teniendo presente: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 70 del Código Penal; 209 de la Ley del tránsito18.290; 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 4° de la Ley 18.216, se declara: I. Que, se condena a FRANCISCO JAVIER ESPINOSA FERNANDEZ, ya individualizado a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, al pago de una multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a la pena accesoria de suspensión Código: BXNSXBJZVQR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo por su responsabilidad en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado con licencia suspendida, hecho ocurrido con fecha 6 de julio de 2021 en esta jurisdicción. II. En cuanto a la pena de multa debe pagarla en pesos y

Fundamentos

considerando que esta privado de libertad, por eso se le rebajo a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, una vez que recupere su libertad el imputado tendrá el plazo de 30 días para el pago de la multa III. Para el cumplimiento de la pena principal se le otorga la reclusión parcial nocturna domiciliaria bajo el control de monitoreo telemático, oficiándose a Gendarmería para los efectos de la factibilidad técnica de la instalación del dispositivo y sin perjuicio de ello, quedará suspendido al cumplimiento de la condena hasta que el imputado recupere su libertad, oficiándose a gendarmería comunicando lo resuelto. IV. Se le exime del pago de las costas de la causa Se ordena cumplir con lo que dispone el artículo 468 del Código Procesal Penal y se tiene a los intervinientes por notificados. Dictada por doña ELIANA ISABEL URIBE MOLINA, Juez de Garantía de Viña del Mar. Código: BXNSXBJZVQR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-07T15:17:11-0300

Fallo

se declara: I. Que, se condena a FRANCISCO JAVIER ESPINOSA FERNANDEZ, ya individualizado a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, al pago de una multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a la pena accesoria de suspensión Código: BXNSXBJZVQR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo por su responsabilidad en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado con licencia suspendida, hecho ocurrido con fecha 6 de julio de 2021 en esta jurisdicción. II. En cuanto a la pena de multa debe pagarla en pesos y considerando que esta privado de libertad, por eso se le rebajo a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, una vez que recupere su libertad el imputado tendrá el plazo de 30 días para el pago de la multa III. Para el cumplimiento de la pena principal se le otorga la reclusión parcial nocturna domiciliaria bajo el control de monitoreo telemático, oficiándose a Gendarmería para los efectos de la factibilidad técnica de la instalación del dispositivo y sin perjuicio de ello, quedará suspendido al cumplimiento de la condena hasta que el imputado recupere su libertad, oficiándose a gendarmería comunicando lo resuelto. IV. Se le exime del pago de las costas de la causa Se ordena cumplir con lo que dispone el artículo 468 del Código Procesal Penal y se tiene a los intervinientes por notificados. Dictada

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Fecha Viña del Mar, cuatro de octubre de dos mil veintidos. RUC 2200506342-k RIT 4317-2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA FRANCISCO JAVIER ESPINOSA FERNANDEZ 0016776231- Calle CALLE A BLOCK 20 DEPTO Nº15 REÑACA ALTO VILLA SAN JORGE Nº Viña del Mar. Hechos: El día 06 de julio de 2021, alrededor de las 17:28 horas, personal de Carabineros sorprendió en Avenida Las Azucenas intersección Puert

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