3º Juzgado de Garantía de Santiago

PEDRO SERGIO ESPINOZA MARIPAN C/ JACOB FILEMÓN PATE ROMERO

Rol

O-3889-2021

Fecha

7 de octubre de 2022

Materia

FALSIFICACION LICENCIA DE CONDUCIR Y OTRAS FALSIFICACIONES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos que se refirieron en la acusación consisten en: “El día 17 de junio de 2021, aproximadamente a las 23:30 horas, el imputado JACOB FILEMÓN PATE ROMERO conducía el automóvil marca Kia, modelo Cerato, Placa Patente Única FBFB- 93, por calle Bombero Núñez de Recoleta. Y frente al número 289 fue fiscalizado por personal de Carabineros”. “Al serle solicitada su licencia de conducir, el imputado hizo entrega de una supuestamente emitida por la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, documento que resultó ser falso, toda vez que carecía de los elementos de seguridad propios de uno original, como son las fibras y leyendas de seguridad. Consultado en el Servicio de Registro Civil, se informó que el imputado nunca ha obtenido licencia de conducir”. “De manera, que imputado conducía a sabiendas con una licencia de conductor falsa”. Los hechos descritos son calificados por el Ministerio Público como constitutivos del delito de conducción a sabiendas de vehículo motorizado con licencia falsa, descrito y sancionado en la letra b) del artículo 192 del Código Penal, en grado de consumado. El Ministerio Público atribuyó la calidad de autor al acusado en el señalado ilícito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, toda vez que tomó parte en la ejecución de los hechos de manera inmediata y directa. En la acusación se dijo que concurría la atenuante de irreprochable conducta anterior. El Ministerio Público que fue requirió, en la audiencia, que se impusiera al acusado las penas de quinientos cuarenta y un Código: XPXWXBLXXQR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl días de presidio menor en su grado medio, multa de una unidad tributarias mensual, suspensión de licencia de conductor por el término de quinientos cuarenta y un días y la accesoria legal. 2° Tras dársele a conocer los hechos de la acusación y los antecedentes que la fundaban, así como los derechos que le concede la ley y e

Fundamentos

motivos y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 18, 21, 30 y 49 del Código Penal y 407, 408, 409, 411, 412 Y 413 del Código Procesal Penal,

Fallo

se declara que se acoge la acusación y se decide que don Jacob Filemón Pate Romero, es autor de un delito de conducción a sabiendas de vehículo motorizado con licencia falsa, descrito y sancionado en la letra b) del artículo 192 del Código Penal, en grado de consumado; en esta calidad queda condenado a cumplir las penas de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de licencia de conductor por el plazo de trescientos días, multa ascendente a una unidad tributaria mensual y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Se sustituye la pena privativa de libertad por la de cuatrocientas horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. En caso de que la sustitución sea revocada, le servirá al sentenciado de abono al cumplimiento efectivo de la pena proporcionalmente el tiempo en que hubiere cumplido con la prestación de servicios, incrementado con un día que corresponde al tiempo en que permaneció privado de libertad en esta causa entre el 17 y el 18 de junio de 2021. La multa deberá ser pagada, a más tardar, el último día del mes siguiente a aquél en que esta sentencia quede ejecutoriada; de no ser enterada, se la reemplazará por tres días de reclusión. Código: XPXWXBLXXQR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese y, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, archívese. RUC N° 2100574381-5 RIT N° 3889 – 20

Texto Completo (Preview)

Santiago, siete de octubre de dos mil veintidós. Vistos, oídos y teniendo presente: 1° En la audiencia del día tres recién pasado, se conoció y resolvió la acusación en procedimiento abreviado deducida contra don Jacob Filemón Pate Romero, cédula de identidad N° 17.281.226-0, domiciliado en Marín N° 382, torre B, departamento 1503, comuna de Santiago. Los hechos que se refirieron en la acusación

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