Juzgado de Letras y Garantía de Tolten.

MINISTERIO PÚBLICO C/ ROBERT ALEXANDER RODRÍGUEZ RIVAS

Rol

O-280-2022

Fecha

6 de octubre de 2022

Materia

LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento y haber sido representado por la Defensoría Penal Pública. II.- Que atendido lo razonado en el

Fundamentos

considerando quinto, la pena de multa se le sustituirá por TRES DÍAS DE RECLUSIÓN y SE LE DARÁ POR CUMPLIDA con los días que estuvo privado de libertad por estos antecedentes desde el 2 al 6 de Octubre de 2022. Habiendo renunciado las partes a los plazos y recursos legales, téngase la presente sentencia por firme y ejecutoriada. Dese cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y dese copia. ARCHÍVESE R.I.T Nº 280-2022 R.U.C. 2200968079-2 Dictada por doña CARLA HERINCE ALARCÓN MORA, Juez Titular del Juzgado de Competencia Común de Toltén. Código: DFNWXBMNQER Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: DFNWXBMNQER Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-06T16:14:00-0300

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 en relación con los artículos 340, 348, 389, y 395 del Código Procesal Penal, artículos 1º, 7°, 11 Nº 9, 12 Nº 15, 15 Nº 1, 25, 49, 67, 70 y 494 Nº 5 del Código Penal, SE RESUELVE: I.- Que se acoge el requerimiento y se condena a don ROBERT ALEXANDER RODRÍGUEZ RIVAS, RUN N° 16.044.601-3, nacido el 24 de julio de 1985, soltero, comerciante ambulante, domiciliado en Rinconada de Pocoyán de la comuna de Toltén, prevista y sancionada en el artículo 494 Nº 5 del Código Penal, perpetrada e esta comuna con fecha 2 de Octubre de 2022, a la pena de multa a beneficio fiscal ascendente a UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento y haber sido representado por la Defensoría Penal Pública. II.- Que atendido lo razonado en el considerando quinto, la pena de multa se le sustituirá por TRES DÍAS DE RECLUSIÓN y SE LE DARÁ POR CUMPLIDA con los días que estuvo privado de libertad por estos antecedentes desde el 2 al 6 de Octubre de 2022. Habiendo renunciado las partes a los plazos y recursos legales, téngase la presente sentencia por firme y ejecutoriada. Dese cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y dese copia. ARCHÍVESE R.I.T Nº 280-2022 R.U.C. 2200968079-2 Dictada por doña CARLA HERINCE ALARCÓN MORA, Juez Titular del Juzgado de Competencia Común de Toltén. Código: DFNWXBMNQER Este document

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Juzgado de Competencia Común de Toltén Dictada remotamente en Toltén a seis de octubre de dos mil veintidós. Conforme al artículo 62 inciso 3º del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 en relación con los artículos 340, 348, 389, y 395 del Cód

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