MP C/ JAIME ANDRÉS LÉPEZ SEPÚLVEDA
Rol
O-402-2018
Fecha
4 de octubre de 2022
Materia
CONDUC.EBRIEDAD RESUL.LESIONES MENOS GRAVE.A196 I.2LEY.TRANS
Resultado
No especificado
Hechos
SENTENCIA: Yungay, cuatro de octubre de dos mil veintidós. Vistos, Oídos y
Fundamentos
Considerando: Resolutiva.
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo en cuenta lo prevenido en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7, 11 Nº 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, artículos 30, 67, 68, 69, 70 y demás pertinentes del Código Penal; artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 110, 196 y 209 y demás pertinentes de la Ley 18.290 de Tránsito; artículo 240 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; SE DECLARA: I. Que se condena a don EDISON ALBERTO SEPÚLVEDA TAPIA, cédula de identidad N° 16.506.006-7, domiciliado en Sector SANTA LUCIA BAJO Nº S/N, comuna de Yungay, ya individualizado en esta causa, por su participación en calidad de autor, en grado de ejecución consumado por el delito de conducción en estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley 18.290, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍA (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, suspensión de su licencia de conducir por el término de CINCO (5) AÑOS, multa de DOS (2) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, más accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, todo ello sin costas de la causa, por haberse sometido a este procedimiento. II.Que asimismo por verificarse los supuestos procesales, se le concede la sustitución de la pena impuesta precedentemente, la podrá cumplir mediante la RECLUSIÓN PARCIAL, domiciliaria nocturna, debiendo oficiarse para tener el respectivo Informe de Factibilidad Técnica, al C.R.S. de Chillán, para que remita d
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SENTENCIA: Yungay, cuatro de octubre de dos mil veintidós. Vistos, Oídos y Considerando: Resolutiva. Por estas consideraciones y teniendo en cuenta lo prevenido en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7, 11 Nº 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, artículos 30, 67, 68, 69, 70 y demás pertinentes del Código Penal; artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 110, 196 y 209 y demás pertinentes de la Ley 1
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