Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles

MEGAPHONE S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO BIO BIO LOS ANGELES

Rol

I-22-2021

Fecha

13 de septiembre de 2021

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia única en procedimiento monitorio en los autos Rit N° I-22-2021, compareciendo doña María José Morales Parragué, en representación de la empresa MEGAPHONE S.A., cuyo giro es la promoción y venta de servicios de telecomunicaciones para su mandante Movistar, con domicilio para estos efectos en calle Monjitas número 527, oficina número de la ciudad de Santiago, asistida legalmente por el abogado don Fabián Sotelo Alcérreca, y la demandada INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE BIO BIO, representada por doña Ruth Infante Seguel, ambos con domicilio en calle Mendoza número 276 de esta comuna, asistida por la abogada doña Vanezza Seguel Lama.

Fundamentos

CONSIDERANDO:   PRIMERO: Que doña María José Morales Parragué, en representación de la empresa Megaphone S.A., interpuso reclamo en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio, representada por doña Ruth Infante Seguel, solicitando tener por interpuesta, dentro de plazo, conforme a las normas transcritas, reclamación en contra de la resolución de multa número 6220/21/43 dictada el 02 de junio del año en curso por el fiscalizador de la Inspección Provincial del Trabajo Bio Bio, don Pedro Roberto Mora Castro, acogerla a tramitación y, en definitiva, dejarla sin efecto por carecer de todo fundamento, tanto en los hechos como en el derecho. SEGUNDO: Que interpuesta la demanda referida, el Tribunal accedió a darle tramitación conforme a las normas del procedimiento monitorio, contempladas en los artículos 496 y siguientes del Código del Trabajo, pero estimó que no existían suficientes antecedentes para emitir un pronunciamiento de plano, razón por la que se procedió a fijar audiencia única de contestación, conciliación y prueba. TERCERO: Que la demandada al contestar el libelo deducido en su contra, solicita desde ya el rechazo de esa acción de reclamación en todas sus partes, con expresa condenación en costas. CUARTO: Que en estos autos se establecieron los siguientes hechos como indubitados: a) Que por resolución de multa número 6220/21/43 de 02 de junio del año en curso la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio impuso a la empresa reclamante Megaphone S.A. la sanción que reza lo siguiente “No exhibir toda la documentación exigida que deriva de las relaciones de trabajo, necesaria para efectuar las labores de fiscalización, según el siguiente detalle: Comprobante de pago de remuneración mes de mayo de 2021. Lo anterior respecto del trabajador Nicolás García Luarte.” b) Que la empresa demandante Megaphone S.A., en el curso de la fiscalización remota a que estuvo sujeta, no exhibió el comprobante de pago de remuneración de mayo del año en curso correspondiente al trabajador indicado en la sanción impugnada. QUINTO: Que a fin de acreditar sus pretensiones la demandante rindió la siguiente prueba: 1.- DOCUMENTAL: a) Acta de notificación a la actora de resolución de multa número 6220/21/43 de 07 de junio del año en curso. b) Resolución de multa número 6220/21/43 de 02 de junio del año en curso impuesta por la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio a la demandante. c) Contrato de trabajo celebrado el 01 de julio de 2020 por don Nicolás Alejandro García Luarte, como trabajador, y Megaphone S.A., como empleadora, en virtud del cual aquél se compromete a efectuar labores de supervisor de canal terreno. d) Liquidación de remuneración de don Nicolás García Luarte correspondiente a mayo del año en curso y comprobante de transferencia de 07 de junio del año en curso. e) Acta de comparendo de conciliación celebrado ante la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio el 02 de junio del año en curso entre don Nicolás García Luarte y

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda deducida por doña María José Morales Parragué, en representación de la empresa Megaphone S.A., en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio, representada por doña Ruth Infante Seguel, dejándose sin efecto la resolución de multa número 6220/21/43 de 02 de junio del año en curso. II.- Que no se condena en costas a la reclamada. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rit N° I-22-2021 Ruc N° 21-4-0347506-5 Téngase por notificados de esta sentencia a los litigantes atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 457 del Código del Trabajo. DICTADA POR DON SERGIO YÁÑEZ ARELLANO. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LOS ÁNGELES.

Texto Completo (Preview)

Los Ángeles, trece de septiembre de dos mil veintiuno.      VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia única en procedimiento monitorio en los autos Rit N° I-22-2021, compareciendo doña María José Morales Parragué, en representación de la empresa MEGAPHONE S.A., cuyo giro es la promoción y venta de servicios de telecomunicaciones para su mandante Movistar, con domicilio para estos

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