BANCO DE CHILE/IMPLEMENTA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SPA
Rol
C-18350-2019
Fecha
30 de marzo de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 4 de junio de 2019, comparece don LEANDRO RIVERA NAVARRO, abogado, en representaci n convencional del BANCO DEó CHILE, sociedad an nima bancaria, representado legalmente por suó Gerente General, don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados en calle Ahumada N 251, de la comuna y ciudad deº Santiago, e interpone demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de laé sociedad IMPLEMENTA INGENIER A Y CONSTRUCCIONES SPA. ,“ Í ” en su calidad de deudora principal, sociedad del giro de su denominaci n,ó representada convencionalmente por don Gonzalo Alejandro Neira Ramos, se ignora profesi n u oficio, y en contra de don GONZALO ALEJANDROó NEIRA RAMOS, en su calidad de aval sin limitaciones, fiador y codeudor solidario, se ignora profesi n u oficio, ambos domiciliados calle Tomasó Somerscales N 2032 Casa C, Comuna de La Reina.° Indica que el banco de Chile es due o de los siguientes pagares:ñ 1.- Pagar N 1991175é º suscrito por la sociedad IMPLEMENTA“ INGENIER A Y CONSTRUCCIONES SPA a la orden del Banco deÍ ” Chile, con fecha 4 de abril del a o 2018, por la suma de $152.111.237.- porñ concepto de capital. Se ala que el deudor se oblig a pagar la cantidad adeuda porñ ó concepto de capital e intereses en 18 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 17 cuotas iguales y sucesivas de $8.955.377.- cada una de ellas, que se pagar n cada 1 mes venciendo la primera el 3 deá mayo del a o 2018 y a partir de sta, las cuotas siguientes vencer nñ é á C-18350-2019 sucesivamente con la misma prioridad antes indicada. Y una ltima cuotaú de $8.955.370.- que se pagar el 3 de octubre del a o 2019.á ñ Refiere que se pact que la cantidad adeudada devengar a a partir deó í la fecha de suscripci n del pagar y durante toda la vigencia de laó é obligaci n intereses a raz n de la tasa de inter s mensual de 0,61%.ó ó é Expresa que se estipulo que el no pago oportuno de alguna de las cuotas de capital e intereses facultar a al acreedor una ve
Fundamentos
fundamentos que en su presentaci n se ala.ó ñ Con fecha 07 de Noviembre de 2019, se tuvo por evacuado el traslado, se declar admisible la excepci n opuesta, y se recibi a prueba,ó ó ó rindi ndose la que consta en autos. é Con fecha 06 de marzo de 2020, encontr ndose la causa en estado, seá cit a las partes para o r sentencia. ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que acerca de la excepci n deó falta de alguno de los“ requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tuloí tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado .ó ” La Primera Sala de la Corte Suprema ha dicho lo siguiente: “La excepci nó de falta de requisitos para que el t tulo tenga fuerza ejecutiva, tiene porí objeto controlar la concurrencia de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que la acci n ejecutiva pueda prosperar, es decir, que eló t tulo que sirve de fundamento a la ejecuci n no es ejecutivo, que laí ó obligaci n no es actualmente exigible, o bien que la obligaci n no esó ó l quida. Igualmente, la jurisprudencia de esta Corte ha reconocido que laí excepci n dice relaci n con la ausencia de los requisitos propios del t tuloó ó í que funda la ejecuci n, como cuando se persigue el cobro de una obligaci nó ó condicional (Corte Suprema, Primera Sala, 22 de marzo de 2016, Rol 17238-2015) .” SEGUNDO: Que para resolver la excepci n que se ha planteado ó ha de se alarse en primer t rmino que el art culo 26 de la Ley de Impuesto deñ é í Timbres y Estampillas (Decreto Ley N 3475) dispone que los documentos° C-18350-2019 que no hubieren pagado el impuesto establecido en dicho cuerpo legal no tendr n m rito ejecutivo, mientras no se acredite el pago del tributo aludidoá é con los reajustes, intereses y sanciones que correspondan. Luego, el inciso segundo del citado art culo se ala que lo anterior noí ñ ser aplicable respecto de los documentos cuyo impuesto: a) se paga porá ingreso de dinero en Tesorer a; y, b) cumplan con los requisitos queí establece la ley y el Servicio de Impuestos Internos. Por su parte el art culo 17 del D.L. 3475 se ala como forma generalí ñ de pago del impuesto, el realizado a trav s de ingresos de dinero ené Tesorer a, acredit ndose el pago con el respectivo recibo, por medio de uní á timbre fijo, o mediante el empleo de una m quina impresora.á La misma disposici n legal dispone que para efectos de controlar eló pago del impuesto, las letras de cambio y dem s documentos se alados en elá ñ n mero 3 del art culo 1 (numeral que contiene a los pagar s, cr ditosú í é é simples o documentarios y cualquier otro documento, que contenga una operaci n de cr dito de dinero), que emitan los contribuyentes a que seó é refiere el N 2 del art culo 15 (contribuyentes obligados a declarar su renta° í efectiva mediante balance general determinado de acuerdo a contabilidad completa para los efectos de la Ley de Renta, dentro de los cuales se incluyen los Bancos), deber n numerarse correlativamente, timbr
Fallo
se declara:º ó C-18350-2019 I.- Que se rechaza la excepci n opuesta a lo principal de laó presentaci n de fecha 27 de septiembre de 2019.ó II.- Que se ordena seguir adelante con la ejecuci n hasta hacerseó entero y cumplido pago de su acreencia al ejecutante; III.- Que se condena en costas al demandado. Reg strese, notif quese y en su oportunidad, arch vese.í í í Rol 18350-2019 Pronunciada por don lvaro Cayuqueo Pichic n, Juez Suplente.Á ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de Marzo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-03-30T16:13:12-0300
Texto Completo (Preview)
C-18350-2019 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-18350-2019 CARATULADO : BANCO DE CHILE/IMPLEMENTA INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SPA Santiago, treinta de Marzo de dos mil veinte Vistos: Con fecha 4 de junio de 2019, comparece don LEANDRO RIVERA NAVARRO, abogado, en representaci n convencional del BANCO DEó CHILE, sociedad an nima banca
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