Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca.

MATIAS IGNACIO JARA YAÑEZ C/ BRAULIO ANTONIO SEPÚLVEDA VILLAR

Rol

O-57-2021

Fecha

5 de octubre de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., FALSIFICACION LICENCIA DE CONDUCIR Y OTRAS FALSIFICACIONES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Durante el día de septiembre del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer de la acusación dirigida contra BRAULIO ANTONIO SEPULVEDA VILLAR, cédula de identidad N° - , años, nacido el de noviembre de 98 , natural de Talca, soltero, estudios básicos completos, obrero, domiciliado en Población Carlos González Cruchaga N° , sector de Mercedes, comuna de Talca.- Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por el Fiscal, don Marcelo Albornoz Troncoso y la defensa estuvo a cargo del Defensor Penal Privado, don Marco Rivera Baeza, ambos con domicilio registrado en este tribunal.-

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según el respectivo auto de apertura, es del tenor siguiente: En cuanto a los hechos: “Con fecha 2 de agosto de 2 8, aproximadamente a las 9, horas, en circunstancias que el imputado BRAULIO ANTONIO SEPÚLVEDA VILLAR, conducía en estado de ebriedad el automóvil marca Suzuki, modelo Baleno, color verde metálico, Placa Patente Única RB- y al salir a la ruta CH- por el callejón Puertas Verdes del Cruce Huilquilemu de la comuna de Talca, no respetó la señal Pare que enfrentaba, siendo colisionado por el automóvil marca Peugeot, modelo 2 , color rojo, Placa Patente Única XK-2 el que era conducido por MATÍAS IGNACIO JARA YÁÑEZ, quien circulaba en dirección al oriente, quedando los vehículos detenidos en el bandejón central de la calzada, llegando al lugar Carabineros, quienes se percatan del estado de ebriedad del conductor imputado, realizándole una prueba respiratoria la que arrojó un resultado de , 9 gramos por mil de alcohol en la sangre, siendo posteriormente trasladado al consultorio de San Clemente, donde se le extrajo una muestra de sangre para el examen de alcoholemia, el que en definitiva arrojó un resultado de 2, 9 gramos por mil de alcohol en la sangre. Producto de la colisión resultaron lesionados los pasajeros del vehículo que conducía el imputado Valeska García Clavijo, Marcelo Morales Villar y Marcelo Morales García, todos con lesiones de carácter leve, asimismo, el conductor del vehículo Peugeot y su acompañante Camila Constanza Folatre Aravena, resultaron también con lesiones de carácter leve, todos según los correspondientes comprobantes de atención de urgencia. Código: QXWNXBMXYKQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Producto de la colisión el vehículo Placa Patente Única XK-2 , resultó con daños de consideración en su parte frontal, se hace además presente que el imputado al momento de la conducción, lo hacía portando una licencia clase B y C de la Ilustre Municipalidad de Pintana a su nombre y RUT número - , falsa, por cuanto correspondía a un documento digitalizado e impreso por una impresora de inyección de tinta, la que fue entregada a Carabineros, quienes posteriormente al cotejar los antecedentes, se percatan de que el imputado nunca ha obtenido licencia de conducir” A juicio el Ministerio Público, los hechos descritos son constitutivos de los delitos consumados de CONDUCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO LESIONES LEVES Y DAÑOS Y SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR y de CONDUCCIÓN A SABIENDAS CONLICENCIA DE CONDUCTOR FALSA, previstos y sancionados en los artículo 9 en relación al artículo , y 2 9 y en el artículo 92 letra b), todos de la ley 8 29 de Tránsito, en los que se atribuyéndole al imputado participación a título AUTOR y en grado de CONSUMADOS, según lo disponen los artículos y N° del Código Penal Agrega que concurre respecto del acusado circunstanci

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos °, N° , N° , N° , 8, 2 , 2 , 2 , , , , 8 y del Código Penal; artículos °, 2º, , , , 29 , 29 , 29 , 2 , 2 , 8, , , 2, , y 8 del Código Procesal Penal; artículo 92 letra b), 9 de la Ley 8 29 ; y de la Ley 8 2 , se declara: Código: QXWNXBMXYKQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, SE CONDENA a BRAULIO ANTONIO SEPULVEDA VILLAR, ya individualizado, como autor del delito consumado consistente en conducir un vehículo motorizado en estado de ebriedad causando lesiones leves y daños, perpetrado en Talca, el día 2 de agosto de 2 8, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo; al pago de una multa a beneficio fiscal del equivalente a UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, más la suspensión de la licencia de conducir o inhabilidad para obtenerla, por el término de DOS AÑOS y a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, asimismo, SE CONDENA a SEPULVEDA VILLAR, como autor del delito consumado de conducir un vehículo motorizado, a sabiendas, con licencia de conductor falsa, acaecido en esta ciudad en la fecha antes indicada; a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio; al pago de una multa a beneficio fiscal equivalente a DIEZ UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, más la suspensión de la licencia de conducir o inhabilidad para obt

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Talca, cinco de octubre de dos mil veintitrés. VISTO: Durante el día de septiembre del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer de la acusación dirigida contra BRAULIO ANTONIO SEPULVEDA VILLAR, cédula de identidad N° - , años, nacido el de noviembre de 98 , natural de Talca, soltero, estudios básicos completos

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