2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

BERBESI/CONSTRUCTORA A Y C SPA

Rol

O-2553-2021

Fecha

10 de septiembre de 2021

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos, omite recibir la causa a prueba y procede a dictar sentencia de manera inmediata. Sentencia: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 172, 453 y siguientes del Código del trabajo se resuelve: I. Que se hace lugar a la demanda interpuesta por JUNIOR LENYN BERBESI OÑATE en contra de CONSTRUCTORA A Y C SPA y se declara que el despido de 24 de marzo de 2021 es injustificado, motivo por el cual la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: a. $554.665 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b. $1.663.995 por concepto de indemnización por años de servicios, más el recargo del 50% equivalente a $831.997. c. $554.665 por concepto de remuneración del mes de febrero de 2021 y la suma de $443.636 por concepto de 24 días trabajados de marzo de 2021. d. $10.775 por concepto de feriado proporcional. Que las cantidades indicadas lo serán con los reajustes e intereses contemplados en el artículo 63 y 173 del Código del trabajo. II. La demandada deberá pagar las cotizaciones de seguridad social en AFP Plan Vital: por los meses de enero, febrero y marzo de 2018, diciembre de 2020, enero, febrero y 24 días de marzo de 2021, FONASA: enero, febrero y 24 días de marzo de 2021, En SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE CESANTÍA DE CHILE II S.A. –AFC-: Desde enero a diciembre de 2018 y noviembre de 2020, en base a una remuneración imponible de $554.665. ofíciese en su oportunidad a las instituciones de seguridad social antes mencionadas. III. La demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha de término de los servicios ocu

Fundamentos

fundamentos de la demanda, ofrece pagar al demandante JUNIOR LENYN BERBESI OÑATE la suma única y total de $1.663.995 (un millón seiscientos sesenta y tres mil novecientos noventa y cinco pesos), con vencimiento el día 10 de noviembre de 2021. Dicho monto se pagará mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal del Banco Estado N° 575801, debiendo la parte demandada dar cuenta de pago al Tribunal. Se ordena desde ya el giro del respectivo cheque en forma nominativa y sin cruzar extendido a nombre del abogado del demandante, don FRANCISCO JAVIER LANGER FUENTES, una vez se certifique por el ministro de fe la consignación de los respectivos montos, documentos que podrán ser retirados por su beneficiaria a su sola petición verbal y previa exhibición de su cédula de identidad una vez se encuentren disponibles. 2. La parte demandante acepta la suma ofrecida y la forma en que se efectuará el pago. 3. Las partes se otorgan el más amplio, completo y recíproco finiquito, declarando que nada se adeudan por concepto alguno, salvo las obligaciones que emanan de la presente conciliación. 4. La parte demandante viene en este acto en desistirse de las acciones en contra de la demandada SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AÉREA METROPOLITANO, desistimiento que es aceptado por la contraparte y que el Tribunal tiene presente para todos los efectos legales. 5. Cada parte pagará sus costas. El Tribunal tiene presente el acuerdo conciliatorio, otorgándole el carácter de sentencia ejecutoriada para todos los efectos legales. Regístrese y archívense los autos en su oportunidad. Se deja constancia que la presente acta se firmará solamente por la Jueza que dirige la audiencia, en atención a que por la contingencia sanitaria nacional, la audiencia ha sido realizada vía plataforma Zoom, siendo físicamente imposible la firma de las partes que asistieron a la misma. Dirigió la audiencia doña YELICA MARIANELLA MONTENEGRO GALLI, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, diez de Septiembre de dos mil veintiuno.

Fallo

se resuelve: I. Que se hace lugar a la demanda interpuesta por JUNIOR LENYN BERBESI OÑATE en contra de CONSTRUCTORA A Y C SPA y se declara que el despido de 24 de marzo de 2021 es injustificado, motivo por el cual la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: a. $554.665 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b. $1.663.995 por concepto de indemnización por años de servicios, más el recargo del 50% equivalente a $831.997. c. $554.665 por concepto de remuneración del mes de febrero de 2021 y la suma de $443.636 por concepto de 24 días trabajados de marzo de 2021. d. $10.775 por concepto de feriado proporcional. Que las cantidades indicadas lo serán con los reajustes e intereses contemplados en el artículo 63 y 173 del Código del trabajo. II. La demandada deberá pagar las cotizaciones de seguridad social en AFP Plan Vital: por los meses de enero, febrero y marzo de 2018, diciembre de 2020, enero, febrero y 24 días de marzo de 2021, FONASA: enero, febrero y 24 días de marzo de 2021, En SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE CESANTÍA DE CHILE II S.A. –AFC-: Desde enero a diciembre de 2018 y noviembre de 2020, en base a una remuneración imponible de $554.665. ofíciese en su oportunidad a las instituciones de seguridad social antes mencionadas. III. La demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha de término de los servicios ocurrido el 24 de marzo de 2021 a la fecha en que se acredite el pago de las

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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA DIEZ DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA TRES (VIRTUAL) RUC 21-4-0333661-8 RIT O-2553-2021 MAGISTRADO YELICA MARIANELLA MONTENEGRO GALLI ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 13:35 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:47 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2

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