2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

DÍAZ/LATAM AIRLINES GROUP S.A.

Rol

O-6907-2020

Fecha

10 de septiembre de 2021

Materia

Costas, Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

visto reducida en un 95% en los países en que opera, debido al cierre de fronteras y restricciones a la circulación de las personas y su transporte producto de las medidas sanitarias que han adoptado las autoridades de dichos países para intentar prevenir y controlar la propagación mundial del COVID-19. En efecto, dicha emergencia sanitaria en el mes de marzo de 2020 ha sido declarada como pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS), con la consiguiente paralización de actividades de transporte aéreo, en lo que se ha calificado como la crisis más grande que ha habido en la industria de la aviación mundial. Las medidas sanitarias adoptadas por las autoridades han afectado gravemente los ingresos de la empresa, siendo un hecho notorio y de público conocimiento el perjuicio que han sufrido las compañías aéreas tanto nacionales como extranjeras, incluyendo por cierto a su empleador, sin que se vean expectativas de una pronta recuperación que permita mantener el nivel de costos que se tenía hasta antes de esta pandemia, por lo que la empresa se ha visto en la necesidad de racionalizar su personal, entre otras reducciones, lo que ha hecho necesario su separación como la de otros trabajadores para mantener la viabilidad de la empresa dentro de esta grave crisis en que se encuentra la industria aérea. Sin perjuicio del conocimiento público de esta pandemia mundial, no menos del mismo conocimiento es que la familia Cueto se apresuró a pagar una cuantiosa deuda que años antes había contraído con Inversiones Odisea Limitada, la sociedad que administra gran parte de la fortuna de la familia Piñera Morel. En específico, según la información publicada por El Mostrador, hasta marzo de este año, Costa Verde Aeronáutica S.A. -a través de la cual la familia Cueto Mantiene el control de LATAM- mantenía un crédito vigente por $26 mil millones que el año 2016 le había sido otorgado por Inversiones Odisea, El pago de dicho crédito está registrado en la Memoria Anual d

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Yessenia Carolina Díaz Oberreuter, Rut: 13.441.647-5 cesante, domiciliada en El Campanario Norte 5512 Peñalolén, comuna Santiago Región Metropolitana, vino en interponer demanda en juicio ordinario laboral del Trabajo en contra de su ex empleador la empresa LATAM AIRLINES GROUP S.A, Rut: 89.862.200-2, empresa del giro de transporte aéreo representada legalmente por doña Viviana Vallecillo Marchant, Rut: 11.635.059-9, ambos con domicilio en Av. Américo Vespucio N°901 comuna Renca, a fin que se declare injustificado el despido y se condene a la empresa a pagar el incremento del 30% sobre la indemnización por años de servicio, prestaciones laborales que demanda como consecuencia del despido injustificado que fue objeto. Indica que ingreso a la empresa el día 03 de marzo del año 2004, bajo el vínculo de subordinación y dependencia. Agrega que con fecha 16 de abril de 2020 la empresa puso término a su contrato de trabajo mediante la entrega de la carta de despido invocando la causal establecida en el artículo 161 numero 1 esto es “Necesidades de la Empresa “. Funda esta causal en la baja de la productividad de la compañía debido a los cambios en las condiciones del mercado que ha producido la pandemia generada por el coronavirus COVID- 19 tanto en chile como en el extranjero. Sostuvo que la causal invocada para su despido se fundamenta particularmente en la baja en la productividad de la compañía debido a los cambios en las condiciones del mercado que ha producido la pandemia generada por el Coronavirus o COVID-19 tanto en Chile como en el extranjero. Producto de lo anterior la actividad que desarrolla la empresa se ha visto reducida en un 95% en los países en que opera, debido al cierre de fronteras y restricciones a la circulación de las personas y su transporte producto de las medidas sanitarias que han adoptado las autoridades de dichos países para intentar prevenir y controlar la propagación mundial del COVID-19. En efecto, dicha emergencia sanitaria en el mes de marzo de 2020 ha sido declarada como pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS), con la consiguiente paralización de actividades de transporte aéreo, en lo que se ha calificado como la crisis más grande que ha habido en la industria de la aviación mundial. Las medidas sanitarias adoptadas por las autoridades han afectado gravemente los ingresos de la empresa, siendo un hecho notorio y de público conocimiento el perjuicio que han sufrido las compañías aéreas tanto nacionales como extranjeras, incluyendo por cierto a su empleador, sin que se vean expectativas de una pronta recuperación que permita mantener el nivel de costos que se tenía hasta antes de esta pandemia, por lo que la empresa se ha visto en la necesidad de racionalizar su personal, entre otras reducciones, lo que ha hecho necesario su separación como la de otros trabajadores para mantener la viabilidad de la empresa dentro de esta grave crisis en que se encuentra la ind

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 7, 161, 162, 163, 168, 172, 415, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 y 485 a 495 del Código del Trabajo; se resuelve: I. Que se RECHAZA la acción de despido injustificado interpuesta por Doña YESSENIA CAROLINA DÍAZ OBERREUTER, en contra de LATAM AIRLINES GROUP S.A. II. Que cada parte se hará cargo de sus costas. RIT O-6907-2020 RUC 20- 4-0303954-4 Pronunciada por doña GERMAINE NICOLE PETIT-LAURENT ELICEIRY, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Devuélvanse los documentos una vez ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese y comuníquese.

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA Santiago, diez de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS; OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Yessenia Carolina Díaz Oberreuter, Rut: 13.441.647-5 cesante, domiciliada en El Campanario Norte 5512 Peñalolén, comuna Santiago Región Metropolitana, vino en interponer demanda en juicio ordinario laboral del Trabajo en contra de su ex empleador la empresa LATAM AIRLINES GROUP S.A, R

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