Juzgado de Garantía de Chiguayante.

HÉCTOR MARIO BALBOA BUSTOS C/ VÍCTOR HUGO BURGOS BURGOS

Rol

O-2545-2021

Fecha

1 de octubre de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que el Fiscal del Ministerio Público, don Jorge Esteban Lorca Rodríguez, domiciliado en San Juan Bosco 2026 de Concepción, ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de VÍCTOR HUGO BURGOS BURGOS, cédula de identidad N° 14.061.833-0, domiciliado en Sector Quilacoya, Parcela N° 5, Hualqui por su responsabilidad como autor del delito de HURTO SIMPLE, descrito y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal. El delito se encuentra en grado de desarrollo FRUSTRADO. El Ministerio Público, fundamenta el requerimiento en los siguientes hechos: El día 05 de abril del año 2021, aproximadamente a las 15:23 horas, el imputado VÍCTOR HUGO BURGOS BURGOS, ya individualizado, ingresó al Supermercado Líder, ubicado en Avenida Manuel Rodríguez N° 1057 de la comuna de Chiguayante, para una vez en su interior, sustraer y apropiarse con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de diversas especies de propiedad del referido establecimiento comercial consistentes en: 06 Packs de Whiskas Sard, 01 Paté de Carne, 02 Paté de Cerdo, 02 Queso Crema, 02 Paté de Ternera, 01 Paté de jamón, 02 Mantequillas, 01 MANT. LID. 500, 01 Nescafé TRAD., 02 Cepillos de dientes, 03 Jamones ACA SJ, 03 Salame, avaluadas, en conjunto, en la suma de treinta y cuatro mil quinientos sesenta pesos ($34.560.-pesos), las que ocultaba al interior de una bolsa que portaba, para luego, con las especies en su poder, traspasar el lineal de cajas registradoras del referido establecimiento comercial, sin pagar su valor comercial, siendo detenido por guardias de seguridad y, posteriormente, entregado a funcionarios de Carabineros. Con lo señalado y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 9, 15N° 1, 18, 25, 26, 67, 68, 69, 70 y demás pertinentes del Código Penal, artículos 45, 46, 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, 1, 3, 4 y siguientes de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a VÍCTOR HUGO BURGOS BURGOS, cédula de identidad N°

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a VÍCTOR HUGO BURGOS BURGOS, cédula de identidad N° 14.061.833-0, ya individualizado, como autor del delito de HURTO SIMPLE, descrito y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal. El delito se encuentra en grado de desarrollo FRUSTRADO en la comuna de Chiguayante, con fecha 05 de abril del año 2021, a la pena de cuarenta y un días (41) de prisión su grado máximo, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y una multa de UN TERCIO de Tribunal. II.- La multa impuesta se le tiene por cumplida por las horas que ha permanecido privado de libertad con motivo de la presente causa. III.- Habiendo reconocido responsabilidad, el sentenciado, en los hechos, se le exime el pago de las costas de la causa. IV.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la ley 18.216, se le concede al sentenciado, a cumplir la pena corporal con la sustitutiva de remisión condicional por el término de UN AÑO, debiendo quedar sujeto al control de Gendarmería de Chile, debiendo dar estricto cumplimiento a lo ordenado en el artículo 5° de la referida ley y a las que la autoridad administrativa le imponga. Que en el caso que la pena sustitutiva le sea revocada y el sentenciado deba cumplir efectivamente la pena corporal que le fue impuesta, ésta empezará a contarse desde que se presente o sea habido, sin días de abono que considerar. El sentenciado deberá concurrir Centro de Reinserción Social de Concepción ubicado

Texto Completo (Preview)

Chiguayante, uno de octubre de dos mil veintidós. VISTOS: PRIMERO: Que el Fiscal del Ministerio Público, don Jorge Esteban Lorca Rodríguez, domiciliado en San Juan Bosco 2026 de Concepción, ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de VÍCTOR HUGO BURGOS BURGOS, cédula de identidad N° 14.061.833-0, domiciliado en Sector Quilacoya, Parcela N° 5, Hualqui por su responsabilid

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