Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ MARIO ENRIQUE QUIROZ PEDRERO

Rol

O-269-2022

Fecha

30 de septiembre de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., USURPACION DE NOMBRE.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: Hecho Uno: El día 13 de febrero del año 2022, en horas de la madrugada, el acusado MARIO ENRIQUE QUIROZ PEDRERO, ingresó saltando el cierre Código: FPDNXBMXQSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 perimetral al domicilio ubicado en la ruta N- 860, kilómetro 18.5, Comuna de Quillón, de propiedad de la víctima María Stuardo Hermosilla, forzando y abriendo una ventana que da a la cocina de dicho inmueble para luego proceder a abrir el pestillo de la puerta del mismo domicilio e ingresar hasta la dependencia destinada a almacén y que estaba directamente conectada con esta casa habitación, apropiándose con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de 45 cajetillas de cigarros de distintas marcas avaluadas en la suma de 184.000 pesos aproximadamente (SIC). Hecho dos: El día 13 de febrero del año 2022, en horas de la mañana, el acusado MARIO ENRIQUE QUIROZ PEDRERO, mientras se realizaban diligencias investigativas por personal policial de Quillón relativas al delito de robo, procedió a fiscalizar al acusado, en el kilómetro 18.5 de la ruta N- 860 de Quillón, identificándose éste como José Antonio Mardones Quiroz, siendo que en definitiva y producto de una serie de diligencias, se logró determinar que la identidad del acusado correspondía a Mario Enrique Quiroz Pedrero, usurpando la identidad del antes señalado por una persona que existe (SIC). A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos configuran los delitos de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 en relación con lo dispuesto en artículo 432 ambos del Código Penal, en grado de consumado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor y usurpación de identidad, previsto y sancionado en el artículo 214 del Código Penal, en grado de consumado, correspondié

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que durante los días veintidós y veintitres de septiembre de dos mil veintidós, ante esta Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, integrada por los jueces titulares Jorge Muñoz Guíñez, quien la presidió, Claudia Montero Céspedes, como integrante y la Jueza destinada Alicia Bravo Ojeda, como redactora, se llevó a efecto el juicio oral para conocer de la acusación dirigida en contra de MARIO ENRIQUE QUIROZ PEDRERO, cédula nacional de identidad N° 18.109.316-1, de 30 años, casado, diseñador interior y exterior, domiciliado en Baldomero Sánchez, Block 1015, Departamento 101, Pedro del Rio, Concepción. El acusado estuvo representado por la Defensoría Penal Pública, abogados Antonio Guerra Sepúlveda y Andrés Macaya Contreras, domiciliados en Arauco N° 343, Chillán. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la fiscal Nadia Espinoza Caro, domiciliada en Avenida O”Higgins N°180, Chillán. SEGUNDO: Acusación. Que, los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fueron los siguientes: Hecho Uno: El día 13 de febrero del año 2022, en horas de la madrugada, el acusado MARIO ENRIQUE QUIROZ PEDRERO, ingresó saltando el cierre Código: FPDNXBMXQSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 perimetral al domicilio ubicado en la ruta N- 860, kilómetro 18.5, Comuna de Quillón, de propiedad de la víctima María Stuardo Hermosilla, forzando y abriendo una ventana que da a la cocina de dicho inmueble para luego proceder a abrir el pestillo de la puerta del mismo domicilio e ingresar hasta la dependencia destinada a almacén y que estaba directamente conectada con esta casa habitación, apropiándose con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de 45 cajetillas de cigarros de distintas marcas avaluadas en la suma de 184.000 pesos aproximadamente (SIC). Hecho dos: El día 13 de febrero del año 2022, en horas de la mañana, el acusado MARIO ENRIQUE QUIROZ PEDRERO, mientras se realizaban diligencias investigativas por personal policial de Quillón relativas al delito de robo, procedió a fiscalizar al acusado, en el kilómetro 18.5 de la ruta N- 860 de Quillón, identificándose éste como José Antonio Mardones Quiroz, siendo que en definitiva y producto de una serie de diligencias, se logró determinar que la identidad del acusado correspondía a Mario Enrique Quiroz Pedrero, usurpando la identidad del antes señalado por una persona que existe (SIC). A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos configuran los delitos de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 en relación con lo dispuesto en artículo 432 ambos del Código Penal, en grado de consumado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor y usurpación de identidad, previsto y sancionado en el artículo 214 del Código Penal, en grado de consum

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente, además, lo previsto en los artículos 1, 2, 3, 15 N° 1, 21, 25, 30, 50, 67, 69, 214, 432, 446 n° 3, 449 del Código Penal y artículos 1, 4, 45, 295, 296, 297,325, 329, 333, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal, y artículos 7 y siguientes de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a MARIO ENRIQUE QUIROZ PEDRERO, RUT 18.109.316-1 ya individualizado, como autor del delito consumado de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 en relación al artículo 432 del Código Penal, perpetrado el día 13 de febrero de 2022 en Código: FPDNXBMXQSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 44 la comuna de Quillón, a la pena de TRESCIENTOS DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, A LA SUSPENSIÓN DE CARGOS Y OFICIOS PUBLICOS DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA y a la MULTA DE 5 DE UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II.- Que, SE CONDENA a MARIO ENRIQUE QUIROZ PEDRERO, RUT 18.109.316-1 ya individualizado, como autor del delito consumado de USURPACIÓN DE NOMBRE, previsto y sancionado en el artículo 214 del Código Penal, perpetrado el día 13 de febrero de 2022 en la comuna de Quillón, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO y A LA SUSPENSIÓN DE CARGOS Y OFICIOS PUBLICOS DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA. III.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado Quiroz

Texto Completo (Preview)

1 C/ MARIO ENRIQUE QUIROZ PEDRERO HURTO ARTÍCULO 446 N°3 DEL CÓDIGO PENAL USURPACIÓN DE NOMBRE ARTÍCULO 214 DEL CÓDIGO PENAL RUC 2200144819-K RIT 269 - 2022 CÓDIGOS DELITOS: 309 / 848/ Chillán, treinta de septiembre de dos mil veintidós. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que durante los días veintidós y veintitres de septiembre de dos mil veintidós, ante esta Tercera

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