CARABINEROS DE CHILE TENENCI C/ GUIDO IVÁN ANDRADE VÁSQUEZ
Rol
O-853-2020
Fecha
28 de septiembre de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OÍDOS: La parte expositiva y considerativa de la sentencia constan en el registro de audio RUC 2000401978-5-1086 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Se declara: I.- Que se condena a GUIDO IVÁN ANDRADE VÁSQUEZ, cédula de identidad Nº 0011706598-7, ya individualizado, a una pena privativa de libertad de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a benefico fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE CINCO AÑOS, en su calidad de autor de un delito consumado de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 de la Ley 18.290 de Tránsito, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fecha 15 de abril de 2020. Y, se condena a una pena privativa de libertad de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a benefico fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la CANCELACIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR, en su calidad de autor de un delito consumado de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 de la Ley 18.290 de Tránsito, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fecha 19 de julio de 2020. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna de 22:00 a 06:00 horas del día siguiente, debiendo dar cumplimiento a dichas penas durante el tiempo que dure la condena en el domicilio que ha señalado en esta audiencia, ubicado en CALLE GABRIELA MISTRAL Nº 328, FUTRONO, computá
Fallo
Se declara: I.- Que se condena a GUIDO IVÁN ANDRADE VÁSQUEZ, cédula de identidad Nº 0011706598-7, ya individualizado, a una pena privativa de libertad de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a benefico fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE CINCO AÑOS, en su calidad de autor de un delito consumado de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 de la Ley 18.290 de Tránsito, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fecha 15 de abril de 2020. Y, se condena a una pena privativa de libertad de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a benefico fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la CANCELACIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR, en su calidad de autor de un delito consumado de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 de la Ley 18.290 de Tránsito, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fecha 19 de julio de 2020. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 8° de la
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Sentencia en procedimiento simplificado. Los Lagos, veintiocho de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS Y OÍDOS: La parte expositiva y considerativa de la sentencia constan en el registro de audio RUC 2000401978-5-1086 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Se declara: I.- Que se condena a GUIDO IVÁN ANDRADE VÁSQUEZ, cédula de identidad Nº 0011706598-7, ya individualizado, a una pena pr
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