Juzgado de Letras del Trabajo de Calama

CLAROS/SERVICIOS Y COMERCIALIZADORA PARA LA INDUSTRIA DE LA ENERGIA Y MINERIA (CME CORP SPA)

Rol

M-73-2021

Fecha

8 de septiembre de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OIDO: La parte demandante don JHONNY CLAROS ROJAS, RUT: 23.745.510-K, representados en esta audiencia por la abogada doña Fabiola Morales Fernández, la parte demandada solidaria HANWHA Q CELLS CHILE SPA., RUT: 76.364.596-7, representada por el abogado don Diego Allende Pérez, todos individualizados, han arribado a la siguiente conciliación en audiencia única: 1. La parte demandada solidaria HANWHA Q CELLS CHILE SPA., con el sólo ánimo de poner término al presente juicio y sin reconocimiento de los hechos contenidos en la demanda, ofrece y se obliga pagar al demandante don JHONNY CLAROS ROJAS, la suma única y total de $3.008.172.- (tres millones ocho mil ciento setenta y dos pesos), monto que incluye los conceptos reconocidos como no reconocidos. Monto que se imputa a las siguientes prestaciones; indemnización sustitutiva, remuneración de enero y febrero de 2021 y feriado legal y proporcional. 2. Se deja constancia que el pago será realizado por subrogación conforme lo dispone el artículo 183-b y siguientes. 3. El monto antes señalado es aceptado por la parte demandante y se pagará en una cuota a más tardar el día 30 de septiembre de 2021, mediante transferencia electrónica en cuenta corriente del Banco Santander N° 62598093, a nombre del abogado patrocinante don Jorge Lena Salgado, cédula de identidad N° 15.371.915-2, correo electrónico famorales@lenaycia.cl. La parte demandada solidaria deberá dar cuenta del pago efectivo bajo apercibimiento de archivo definitivo de los antecedentes. 4. Las partes se otorgan el más amplio y completo finiquito respecto de todas las obligaciones laborales y de cualquier otra índole, especialmente respecto de las prestaciones reclamadas en la demanda, declarando que no tienen cargos ni cobro alguno que deban formular. La presente declaración se hace en forma libre, voluntaria y sin presión alguna, con expreso conocimiento de sus derechos y sin hacer reserva de ningún tipo. 5. El incumplimiento de lo pactado hará que la pre

Fundamentos

CONSIDERANDO Según lo dispuesto en los artículos pertinentes,

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don JHONNY CLAROS ROJAS, ya individualizado, por nulidad del despido, despido injustificado, y cobro de prestaciones, en contra de SERVICIOS Y COMERCIALIZADORA PARA LA INDUSTRIA DE LA ENERGIA Y MINERIA (CME CORP SPA), declarándose que existe una relación laboral entre el 19 de agosto de 2020 hasta el 16 de febrero de 2021. Y que cuyo despido es verbal e injustificado, carente de causal, por lo que entiende que se pone fin según lo dispuesto en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo; así como también nulo por el no pago de cotizaciones, condenándose al pago de las prestaciones: 1. Indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $1.119.675.- 2. Remuneración del mes de enero de 2021 por la suma de $1.119.675.- 3. Remuneración del mes de febrero de 2021 por la suma de $597.160.- 4. Feriado proporcional (10,5 días corridos) por la suma de $391.886.- 5. Remuneraciones íntegras que se devenguen mensualmente entre la fecha de su despido, esto es, el 16 de febrero de 2021, hasta la convalidación del despido a razón de $1.119.675.- II.- Que a las sumas señaladas deberá imputarse lo pagado por la demandada solidaria, lo que corresponde a la suma de $3.008.172.- III.- Que a las sumas señaladas le devengaran los intereses y reajustes previstos en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- Cada parte pagara sus costas. V.- Ejecutoriada la presente sentencia se deberá cumplir lo dispuesto en ella dentr

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 08/09/2021 RUC 21-4-0331937-3 RIT M-73-202 MAGISTRADO Edy Pérez Argandoña ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cinthya Saldivar Chávez HORA DE INICIO 09:47 HORA DE TERMINO 10:20 Nº REGISTRO DE AUDIO 2140331937-3-1357 PARTE DEMANDANTE JHONNY CLAROS ROJAS. RUT : 23.745.510-K ABOGADO Fabiola Morales Fernández FO

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