Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

GUILLERMO EDUARDO PETERSEN MANRIQUEZ C/ ROBERTO EDMUNDO SILVA CHAURA

Rol

O-1120-2021

Fecha

20 de septiembre de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 25 de julio del año 2020, aproximadamente a las 13:45 horas, el acusado ROBERTO EDMUNDO SILVA CHAURA, conducía en estado de ebriedad, y sin haber obtenido licencia de conducir, el vehículo placa patente única DLFG-15, por las cercanías de la intersección de calle Rómulo Correa con avenida Eduardo Frei de la ciudad de Punta Arenas, instantes en que producto de su ebriedad, pierde el control del vehículo que guiaba, colisionando al vehículo placa patente única HDHX-89 que lo antecedía, de propiedad de don Guillermo Petersen Manríquez, el cual producto del impacto giró por la pista, causándole daños de consideración avaluados por su propietario en la suma de $2.000.000 aproximadamente. Los daños consistieron en daños en parachoques trasero, guardafangos, puerta derecha delantera, parachoques delantero, costado derecho, sensores de retroceso arrancados desde su base, y portalon trasero dañado. Al descender la victima a verificar los daños de su automóvil, pudo percatarse que el acusado ROBERTO EDMUNDO SILVA CHAURA conducía en evidente estado de ebriedad, por cuanto presentaba los signos característicos de la ingesta alcohólica, motivo por el cual decidió llamar a personal de Carabineros. Una vez que Carabineros se hizo presente en el lugar, verificaron lo antes expuesto, realizando al acusado la prueba respiratoria de alcotest, la cual arrojó una dosificación de 1,77 g/l de alcohol en la sangre. La alcoholemia practicada al acusado, arrojó un dosificación de alcohol en su sangre de 1,21 g/l (uno coma veintiuno gramos por litro). Se debe además considerar, que el acusado conducía el vehículo antes individualizado, sin haber obtenido licencia de conducir, que lo habilite para ello. Código: HVXFXBXXMZN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:roberto.silva.chaura@gmail.com Transcripción de las citas legales y parte resolutiva de la sentencia dictada en audiencia y que se encuentra en el

Fallo

Por estas razones y de acuerdo a lo previsto en las normas legales citadas y lo establecido en los artículos 1, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 22, 25, 26, 30, 49, 50, 56, 59, 60, 67, 69, 70 del Código Penal; artículo 297, 406, 407, 409, 412, 413 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 110, 196 y 209 de la Ley 18.290; y artículo 7 y siguientes de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA al requerido ROBERTO EDMUNDO SILVA CHAURA, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la MULTA DE DOS (02) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA PARA CONDUCIR VEHÍCULOS MOTORIZADOS POR EL TÉRMINO DE DOS (02) AÑOS, como autor del delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS Y CARECIENDO DE LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en los artículos 110, 196 y 209 de la Ley N°18.290, perpetrado en esta ciudad el día 25 de julio del año 2020. II.- Reuniéndose los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, bajo la modalidad de RECLUSIÓN NOCTURNA, consistente en el encierro del condenado en su domicilio ubicado en Calle Doctor Thomas Fenton Nº389, Población

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Contra: ROBERTO EDMUNDO SILVA CHAURA, cédula de identidad N°17.067.345-K, domiciliado en Calle Doctor Thomas Fenton Nº389, Pobl. Chaparro, Punta Arenas; teléfono de contacto 9-50457330, correo electrónico roberto.silva.chaura@gmail.com. Hechos: El día 25 de julio del año 2020, aproximadamente a las 13:45 horas, el acusado ROBERTO EDMUNDO SILVA CHAURA, conducía en estado de ebriedad, y

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