Juzgado de Garantía de Melipilla

EDUARDO IGNACIO CUBILLOS VELIZ C/ PEDRO ALBERTO NORAMBUENA GONZÁLEZ

Rol

O-1639-2022

Fecha

27 de septiembre de 2022

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El dia 29 de enero de 2022 a las 18:10 horas aproximadamente, el imputado PEDRO ALBERTO NORAMBUENA GONZALEZ, fue sorprendido por personal de carabineros de Melipilla, en la vía publica en Calle Lorgio Dañobeitia a la altura del N°185, comuna de Melipilla, manteniendo en su poder, específicamente en su mano derecha, un arma tipo cuchilla de 13 cm de hoja metálica y 13 cm de empuñadura de plástico color blanco, sin justificar razonablemente su porte. Circunstancias modificatorias: Art. 11 N° 9 Código Penal. Art. 12 N° 16 Código Penal Y visto lo dispuesto en los artículos 395 y siguientes del Código Procesal Penal y 1, 7, 11 N°9, 12 N°16, 15, 18, 70 y 288 bis del Código Penal, se declara: 1.- Que, se condena a PEDRO ALBERTO NORAMBUENA GONZÁLEZ, ya individualizado, al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, como autor del delito consumado de porte de arma blanca, conforme lo dispuesto en el artículo 288 bis del Código Penal, ocurrido en esta ciudad el día 29 de enero de 2022. 2.- Que la pena de multa impuesta deberá pagarse en el plazo de 30 días, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. 3.- Que se decreta el comiso y destrucción de la especie incautada. 4.- Que no se condena en costas al imputado, en razón de haber ahorrado gastos al Fisco con su admisión de responsabilidad y ser defendido por la Defensa Penal Pública. Los intervinientes quedan notificados en esta audiencia. Habiéndose renunciado a los plazos y recursos, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 1639-2022 Código: DMQKXBXLFVN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC 2200101424-6 Resolvió Claudio Eduardo Alvarado Aguirre, juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículo

Fallo

se declara: 1.- Que, se condena a PEDRO ALBERTO NORAMBUENA GONZÁLEZ, ya individualizado, al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, como autor del delito consumado de porte de arma blanca, conforme lo dispuesto en el artículo 288 bis del Código Penal, ocurrido en esta ciudad el día 29 de enero de 2022. 2.- Que la pena de multa impuesta deberá pagarse en el plazo de 30 días, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. 3.- Que se decreta el comiso y destrucción de la especie incautada. 4.- Que no se condena en costas al imputado, en razón de haber ahorrado gastos al Fisco con su admisión de responsabilidad y ser defendido por la Defensa Penal Pública. Los intervinientes quedan notificados en esta audiencia. Habiéndose renunciado a los plazos y recursos, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 1639-2022 Código: DMQKXBXLFVN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC 2200101424-6 Resolvió Claudio Eduardo Alvarado Aguirre, juez titular del Juzgado de Garantía de Melipilla. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: DMQKXBXLFVN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-28T10:51:26-030

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Melipilla, veintisiete de septiembre de dos mil veintidós TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA MAGISTRADO: CLAUDIO EDUARDO ALVARADO AGUIRRE RUC: 2200101424-6 RIT: 1639-2022 IMPUTADO : PEDRO ALBERTO NORAMBUENA GONZÁLEZ C.I. : 0017398198-8 FECHA DE NAC.: 23/12/1989 DIRECCION: Pasaje VALDES Nº 285 COMUNA: Melipilla DELITOS : porte de arma b

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