1º Juzgado Civil de Santiago

PIREZ

Rol

V-103-2010

Fecha

25 de marzo de 2020

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Al folio 1 de la carpeta digital, comparece ROSA PEREZ VILLABLANCA, Cédula de identidad N°6.995.587-7, quien solicita se declare la ausencia por desaparición forzada de su padre LUIS FERNANDO PEREZ, empleado, cédula nacional de identidad N°3.405.907-1, domiciliado por última vez en la Población Sumar 3, Pasaje F, casa N°3694, domicilio que actualmente corresponde a Av. La Industria N°3694, comuna de San Joaquín. Señala que el día 7 de diciembre de 1983, en horas de la mañana, salió su padre de su domicilio, sin regresar y no han vuelto a tener noticias de él; ignora su paradero pese a las gestiones que has realizado para ubicarlo. Agrega que antes de su desaparición, concurrieron al domicilio, por lo menos en dos oportunidades, funcionarios de la Central Nacional de Informaciones, CNI, quienes lo buscaban, por el alcance de nombre que tenía con un opositor al régimen militar. Concluye que es probable que la desaparición de su padre se deba a un acto de la CNI, ya que insistentemente era buscado por dicho organismo, en los días previos a que dejara de tener noticias de él. Argumenta que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 20.377, se configura, en la especie, la situación descrita como desaparición forzada, por lo que pide se acoja la solicitud, declarando la ausencia por desaparición forzada de LUIS FERNANDO PEREZ, empleado, cédula nacional de identidad N°3.405.907-1, para que una vez ejecutoriada la sentencia, se proceda a transferir sus bienes, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 y siguientes de la Ley N°20.377. A folio 14, el Tribunal resuelve oficiar al Servicio de Registro Civil, Registro Electoral, Carabineros de Chile, y Correos de Chile, recabando información sobre el presunto desaparecido. A folio 19, Correos de Chile se excusa de informar, por razones técnicas y legales. A folio 21, Carabineros de Chile informa que el domicilio del presunto desaparecido es calle Pabellón F N°3694, San Joaquín. A folio 2

Fundamentos

motivos de vecindad en la población Sumar, al igual que a su padre LUIS FERNANDO PEREZ, trabajador de la empresa Manufacturas Sumar, quien salió un día al Santuario de Lo Vásquez, sin regresar, ni tener noticias de su paradero, su familia lo buscó por mucho tiempo, haciendo gestiones, sin resultado, agregando que eran tiempos difíciles, donde se notaba la presencia de carabineros en los toques de queda, y de los militares, quienes hacían redadas de los hombres del barrio. A folio 82, la solicitante acompaña los siguientes documentos: Certificado del Arzobispado de Santiago Fundación Documentación y Archivo de la Vicaría de la Solidaridad, de fecha 8 de agosto de 2019, donde consta que su madre y cónyuge del presunto desaparecido, acude en busca de ayuda, dando cuenta del desaparecimiento, procediendo a hacer la denuncia por presunta desgracia en el Juzgado del Crimen de Pedro Aguirre Cerda, Rol N°39779-5; artículo periodístico titulado “La inteligencia militar en la industria Sumar Nylon S.A. el 11 de Septiembre de 1973”, emitido por CIPER Chile el 11 de Septiembre de 2012; artículo periodístico titulado “Humilde artesana clama por justicia”, emitida por el diario El líder, el 19 de diciembre de 2008, en que consta la incesante búsqueda de su padre por la solicitante; y certificado del Programa de Retorno Sociala Missionen de Suecia, emitido en Estocolmo el 1 de junio de 1993, en que consta la calidad de refugiada política de la solicitante. Al folio 87, se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ROSA PEREZ VILLABLANCA solicita se declare la ausencia por desaparición forzada de LUIS FERNANDO PEREZ, ya individualizado de conformidad a lo dispuesto en la Ley 20.377. SEGUNDO: Que conforme los artículos 1° y 4° de la Ley 20.377, se considera desaparición forzada el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sea obra de agentes del Estado o por personas o grupo de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o paradero de la persona desaparecida, ocurrida entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990. TERCERO: Que ROSA PEREZ VILLABLANCA en calidad de hija de LUIS FERNANDO PEREZ, acreditó su legitimidad activa por medio de certificado de nacimiento; asimismo, del Certificado del Arzobispado de Santiago Fundación Documentación y Archivo de la Vicaría de la Solidaridad, de fecha 8 de agosto de 2019, donde consta que su madre y cónyuge del presunto desaparecido, acude en busca de ayuda, dando cuenta del desaparecimiento de LUIS FERNANDO PEREZ, el día 7 de diciembre de 1983; CUARTO: Que conforme al mérito de los antecedentes reseñados precedentemente, especialmente de la información proporcionada por el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, se tiene por acreditado que LUIS FERNANDO PEREZ, no es sujeto de desaparición forzada por

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 1 y siguientes de la Ley 20.377, artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que no ha lugar a lo solicitado en lo principal del folio 1. Notifíquese. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticinco de Marzo de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-03-25T17:20:20-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 86 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-103-2010 CARATULADO : PIREZ Santiago, veinticinco de Marzo de dos mil veinte VISTOS: Al folio 1 de la carpeta digital, comparece ROSA PEREZ VILLABLANCA, Cédula de identidad N°6.995.587-7, quien solicita se declare la ausencia por desaparición forzada de su padre LUIS FERNANDO PEREZ, empleado, cédula na

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica