Juzgado de Garantía de San Bernardo

IRENE CARMEN BARRA BARRA C/ HÉCTOR FRANCISCO MATURANA ORELLANA

Rol

O-5376-2020

Fecha

26 de septiembre de 2022

Materia

OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos : El día 22 de noviembre de 2018, aproximadamente a las 16:50 horas, carabineros recepciona un comunicado a la central de comunicaciones CENCO, que señalaba que en calle Todos Los Santos con Río Petrohue de la comuna de San Bernardo, se encontraba un vehículo Nissan V-16 color negro el que era buscado por su dueña Irene Carmen Barra Barra debido a que había sido sustraído días antes en la comuna de El Bosque. Carabineros al efectuar un recorrido por calle Juan Pablo Segundo antes de llegar a calle Rio Petrohue de la comuna de San Bernardo, divisan dicho vehículo procediendo a realizar un seguimiento a distancia para proceder a su fiscalización y al efectuar el seguimiento constatan que su conductor era el imputado Héctor Francisco Maturana Orellana el que manejaba un vehículo, que portaba una placa patente PD-4786 correspondiente igualmente a un automóvil Nissan V-16 color negro, sin embargo, al vehículo le correspondía la placa patente BJYG-16 el que mantenía el encargo vigente por Robo N° 2959112018, efectuado por la 39° Comisaría de El Bosque, el día 16 de noviembre de 2018, conociendo el imputado o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de la especies el vehículo que mantenía en su poder. A juicio del Ministerio Público los hechos configuran el delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis a) del Código Penal y el delito de conducir vehículo con placa patente Código: BBJXXBCSBXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgsanbernardo@pjud.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 correspondiente a otro vehículo del artículo 192 letra e) de la Ley 18.290 de tránsito, en calidad de autor y en grado de desarrollo de consumado.- Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuen

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a HÉCTOR FRANCISCO MATURANA ORELLANA, ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, contemplado en el 456 bis A del Código Penal, cometido el 22 de noviembre de 2018, en esta jurisdicción, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena; y a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la cual se le tendrá POR CUMPLIDA en atención al tiempo que permaneció privado de su libertad por esta causa, desde el 16 al 17 de junio de 2022 del presente año. II.- Que, se condena a HÉCTOR FRANCISCO MATURANA ORELLANA, ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO CON PLACA PATENTE QUE CORRESPONDE A OTRO VEHÍCULO, contemplado en el artículo 192 letra e) de la Ley No. 18.290, sobre Tránsito, cometido en esta jurisdicción el día cometido el 22 de noviembre de 2018, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante la condena. Se tendrá POR CUMPLIDA la pena por el tiempo que permaneció privado de su libertad por esta causa desde el 19 de junio de 2022 al 23 de agosto de 2022, ascendentes a un ABONO de (67) SESENTA Y SIETE DÍAS, de los cuales le corresponde un saldo a su favor de (6) seis días. Finalmente se le condena al pago y a una mu

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : veintiséis de septiembre de dos mil veintidós. Imputado : HÉCTOR FRANCISCO MATURANA ORELLANA, cédula de identidad N° 20.401.171-0, con domicilio en Calle Cameron Nº 15450, Población San Esteban, comuna de San Bernardo. Fis

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica