FALABELLA C/ BRANDON ANTONIO VILLAGRÁN GONZÁLEZ
Rol
O-4152-2022
Fecha
26 de septiembre de 2022
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 21 de julio de 2022, a las 17:05 horas aproximadamente, el imputado Brandon Antonio Villagrán González ingresó a la tienda Falabella, ubicada Av. Vicuña Mackenna Oriente N° 7110 de la comuna de La Florida, y desde su interior sustrajo, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, un polerón juvenil de hombre Rinon Black, avaluado en la suma de $44.990.-, traspasando las líneas de cajas del local comercial sin pagar su valor, siendo detenido por guardias de seguridad del recinto comercial“. Delito y grado de desarrollo Hurto simple, previsto en el artículo 446N° 3 del Código Penal, en grado de frustrado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes No concurren. Agravantes No concurren. SE DECLARA: I. Que SE ABSUELVE a BRANDON ANTONIO VILLAGRÁN GONZÁLEZ, ya individualizado, de la imputación formulada en su contra, en cuya virtud se le sindicó como autor del delito frustrado de hurto simple, tipificado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, presuntamente cometido en la comuna de La Florida el día 21 de julio de 2022. II. Se exime a la Fiscalía y a la parte querellante del pago de las costas de la causa, por haber tenido motivo plausible para litigar. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS. ARCHIVESE. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema” Código: XHSFXBCFMZM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XHSFXBCFMZM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-26T16:19:59-0300
Fallo
SE DECLARA: I. Que SE ABSUELVE a BRANDON ANTONIO VILLAGRÁN GONZÁLEZ, ya individualizado, de la imputación formulada en su contra, en cuya virtud se le sindicó como autor del delito frustrado de hurto simple, tipificado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, presuntamente cometido en la comuna de La Florida el día 21 de julio de 2022. II. Se exime a la Fiscalía y a la parte querellante del pago de las costas de la causa, por haber tenido motivo plausible para litigar. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS. ARCHIVESE. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema” Código: XHSFXBCFMZM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XHSFXBCFMZM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-26T16:19:59-0300
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 4- RIT : 41 - IMPUTADO : BRANDON ANTONIO VILLAGRÁN GONZÁLEZ Cédula de identidad : 1- Fecha de nacimiento : de octubre de 1 Domicilio : pasaje Central Nº , La Granja PROCEDIMIENTO : Juicio Oral Simplificado Fecha de sentencia : veintiséis de septiembre de dos mil veintidós JUEZ : CRISTIAN FUENTEALBA ZAMORA Hechos “El día 21 de julio de 2022, a la
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