M P C/ VÍCTOR MANUEL PÉREZ PAREDES
Rol
O-626-2022
Fecha
26 de septiembre de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS DEL REQUERIMIENTO. El día 15 de Febrero de 2022, siendo aproximadamente las 07:15 horas, el acusado VÍCTOR MANUEL PÉREZ PAREDES, en compañía de otro sujeto aún no identificado, ingresaron mediante escalamiento al local comercial, botillería “el Lucero” ubicado en Manuel Rodríguez N°290, comuna de Talagante, de propiedad la víctima OSCAR AUGUSTO VARGAS LUCERO, para ello el imputado forzó una puerta trasera y una vez en el interior, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, sustrae diferentes bebestibles y antigüedades, especies avaluadas de $2.000.000, dos millones de pesos, siendo posteriormente detenido por Carabineros con algunas de las especies sustraídas en su poder. CALIFICACIÓN JURÍDICA: ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS EN LUGAR NO HABITADO, descrito y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole al acusado VÍCTOR MANUEL PÉREZ PAREDES, calidad de autor de conformidad al artículo 15 número 1 del Código Penal. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORÍAS: No concurren. Sentencia.: Código: THTXXBXHBYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía de Talagante Av. Bernardo O’Higgins N° 2160, Talagante 229166600 1.- Se condena a VÍCTOR MANUEL PÉREZ PAREDES, cédula de identidad N° 0018961796-8, a la pena de SESENTA Y UN DISAA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito consumado de un delito de Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, acaecido en esta comuna de Talagante, el día 15 de Febrero del año 2022, en contra de don OSCAR AUGUSTO VARGAS LUCERO. 2.- Que la pena se le tendrá por cumplida con el tiempo que ha permanecido privado de libertad desde el 15 de febrero del presente año.- 3.- Se le exime del pago de las costas. Atendida a la renuncia de plazos de las partes téng
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Juzgado de Garantía de Talagante Av. Bernardo O’Higgins N° 2160, Talagante 229166600 Individualización de audiencia de sentencia de procedimiento Simplificado. Fecha Talagante, veintiséis de septiembre de dos mil veintidós. Magistrado MARIA MAGDALENA G. PAIVA PASSERO Fiscal ROXANA INÉS FERNÁNDEZ CISTERNAS Ab. Querellante JESÚS FRANCISCO LÓPEZ SAAVEDRA Defensor SEBASTIÁN ANDRÉS BALBOA SILVA Hora in
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