1º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

R. E. P. T. C/ JULIO CÉSAR FUENTES ARTIAGA

Rol

O-154-2021

Fecha

26 de septiembre de 2022

Materia

ROBO CON HOMICIDIO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “Con fecha 8 de noviembre del año 2018, aproximadamente a las 04:45 horas de la madrugada, Patricio Alejando Caneo Peña, transitaba por calle Villarrica en dirección al Sur, en la comuna de Pudahuel, acompañado por (TESTIGO RESERVADO 1)y, al llegar a la intersección con calle Diagonal Poniente de la misma comuna, fueron abordados por Julio César Fuentes Artiaga, apodado "El Pollo" y otro sujeto no identificado, los que se aproximan a las víctimas para sustraerles las especies que portaban, procediendo Julio César Fuentes Artiaga, premunido de un arma cortante de largo alcance, a enterrar dicha arma en el tórax de Patricio Alejando Caneo Peña, mientras el sujeto de identidad desconocida, atacaba a (TESTIGO RESERVADO 1), que se defendía y logra repelerlo, luego de lo cual se dirige a proteger a Patricio Alejando Caneo Peña, que se encontraba tendido en el suelo, instante en que Julio César Fuentes Artiaga golpea en la cabeza a (TESTIGO RESERVADO 1), con la empuñadura del arma blanca que mantenía y le sustrae a Patricio Alejando Caneo Peña el banano que llevaba consigo, huyendo del lugar con la especie en su poder. Como consecuencia de la agresión sufrida, Patricio Alejando Caneo Peña resultó con una herida penetrante, corto punzante cardiaca, que le provoca la muerte”. Señala el persecutor que los hechos descritos son constitutivos de de robo con homicidio, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 433 N°1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, en los cuales le ha cabido participación al acusado en calidad de AUTOR, conforme al artículo 15 Nº1 del Código Penal, indicando que perjudica al acusado la agravante de responsabilidad criminal del artículo 12 número 16 del Código Penal. Finalmente, expresa que, teniendo presente la gravedad del hecho, la extensión del mal causado y circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, solicita que se condene al acusado JULIO CESAR FUENTES ARTIAGA, a la pena de PRESIDIO PERP

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Santiago, constituido por las magistradas María Isabel Pantoja Merino, quien presidió la audiencia, Paulina Andrés Miranda, y Carmen Riquelme González, se llevó a efecto el juicio oral contra del imputado JULIO CÉSAR FUENTES ARTIAGA, cédula de identidad 13.237.808-8, nacido el 3 de julio de 1977 en Santiago, 45 años, soltero, dos hijos, 2do año Básico, apodado “El Pollo”, maestro enfierrador, domiciliado en Avda. Las Barrancas Nº 9516, Pudahuel. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal Pablo Alonso Godoy y la parte querellante por el abogado Mauricio Coldeira Toro, y la defensa, los abogados defensores penales privados Adolfo Miranda Urzúa y Andrea Maturana Barth, letrados con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. El presente juicio oral se realizó por la modalidad de video conferencia vía plataforma Zoom, considerando la situación sanitaria del país y conforme a lo dispuesto a la ley N°21.226, actas 41 y 42 de la Excma. Corte Suprema, AD 335-2020 de la misma Corte que establece la modalidad de teletrabajo como forma de regular de funcionamiento de los Tribunales, para lo cual se realizó previamente una audiencia de coordinación para determinar la forma de desarrollo de la audiencia, logrando de esta forma participar, escuchar a los testigos, y visualizar el resto de la prueba mediante plataforma Zoom; pudiendo en todo momento el acusado conferenciar privadamente con sus abogados defensores. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público dedujo acusación en contra del enjuiciado, a la cual se adhirió la querellante, Código: XTQCXBVNRXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl según se lee en el auto de apertura de juicio oral, por los siguientes hechos: “Con fecha 8 de noviembre del año 2018, aproximadamente a las 04:45 horas de la madrugada, Patricio Alejando Caneo Peña, transitaba por calle Villarrica en dirección al Sur, en la comuna de Pudahuel, acompañado por (TESTIGO RESERVADO 1)y, al llegar a la intersección con calle Diagonal Poniente de la misma comuna, fueron abordados por Julio César Fuentes Artiaga, apodado "El Pollo" y otro sujeto no identificado, los que se aproximan a las víctimas para sustraerles las especies que portaban, procediendo Julio César Fuentes Artiaga, premunido de un arma cortante de largo alcance, a enterrar dicha arma en el tórax de Patricio Alejando Caneo Peña, mientras el sujeto de identidad desconocida, atacaba a (TESTIGO RESERVADO 1), que se defendía y logra repelerlo, luego de lo cual se dirige a proteger a Patricio Alejando Caneo Peña, que se encontraba tendido en el suelo, instante en que Julio César Fuentes Artiaga golpea en la cabeza a (TESTIGO RESERVADO 1), con la empuñadura del arma blanca que mantenía y le sustrae a Patricio Alejando Caneo Peña el banano que llevaba consigo, huyendo del lugar con la espec

Fallo

por tanto, es incapaz de mantener la bipedestación, pierde conciencia, pero en las primera lesiones, que son cortopunzantes, ocurren porque un individuo con un elemento cortopunzante actúa con una intensión determinada. Al tribunal le aclara que debido a la presencia en la sangre de la víctima de sustancias estupefacientes, aumenta la frecuencia y el gasto cardiaco, por lo que sangra más Código: XTQCXBVNRXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl rápido, requiere más oxígeno, con el shock hipovolémico se produce la hipoxia cerebral sobre el minuto y medio y sobre los 3 a 5 minutos, se producen convulsiones y otros signos de daño cerebral, en la especie, perdió más de un litro de sangre y el paciente sintió un golpe, más que dolor, y una sensación de asfixia, pues el corazón y el pulmón no tienen mucha sensibilidad. 2.-Andrés Escudero Balbontín, perito en huellas quien expone al tribunal que en el año 2019 a solicitud de la Brigada Homicidios Metropolitana de la Policía de Investigaciones realizó un peritaje a una evidencia levantada el 8 de noviembre del año 2018, bajo cadena custodia número 1205539, solicitando una pericia de la especialidad huello gráfica para ver si existían huellas dactilares en la especie remitida de aquel día 15 de octubre del año 2019, la que retiró de la Sección en custodia Transitoria de Evidencia del Laboratorio de Criminalística, se trataba de un arma, era una especie cortopunzante que

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RUC : 1801099524-4 RIT : 154-2021 MATERIA : Robo con homicidio IMPUTADO: JULIO CÉSAR FUENTES ARTIAGA Santiago, veintiséis de septiembre del año dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS A LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Santiago, constituido por las magistradas María Isabel Pantoja Merino, quien presidió la audiencia, Pa

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