Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

EDAZME VITALICIO VARGAS HIDALGO C/ HERNARDO ALBERTO JESÚS BRAVO PÉREZ

Rol

O-2919-2021

Fecha

22 de septiembre de 2022

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El 13 de Julio del 2021 alrededor de las 17.30 horas en circunstancias que Don Edazme Vargas Hidalgo se encontraba realizando sus funciones de obrero en una parcela ubicada en La Parcela 10 Sector El Patagual, Villa Alemana, llegaron al lugar los imputados Don Iván y Hernardo Bravo los cuales procedieron a intimidar a la v íctima con un cuchillo el cual colocan en el cuello de la v íctima, amarrándole también con un cable diciéndole entonces: “Quédate quieto o te mato”, manifestándole esta expresión Don Hernardo Bravo. Acto seguido se le sustrae por parte de los imputados $140.000 pesos más su teléfono celular para posteriormente darse a la fuga del lugar, procediendo entonces Iván Bravo a proferir nuevamente amenazas a él y a su patrón al huir entonces del lugar con las especies. Y v isto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 18, 25, 30, 50, 68, 69, 70 y 436 inciso 1° del Código Penal, artículos 47, 297, 406, 407 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 17 de la ley 19.970 y 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a HERNARDO ALBERTO JESÚS BRAVO PÉREZ, cédula de identidad N°19.872.667-2 e IVAN ALBERTO BRAVO ESCOBAR, cédula de identidad N° 9.311.294-6, ya indiv idualizados, a la pena corporal de TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, A LAS ACCESORIAS DE inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autores del delito de Robo con Intimidación, descrito y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, y por los hechos cometido el día 13 de julio de 2021, en esta ciudad de Villa Alemana. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 15 de la Ley N°18.216, se sustituye a los sentenciados el cumplimiento de la pena privativa de Código: LJRHXBPTXJM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl libertad impuesta por l

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a HERNARDO ALBERTO JESÚS BRAVO PÉREZ, cédula de identidad N°19.872.667-2 e IVAN ALBERTO BRAVO ESCOBAR, cédula de identidad N° 9.311.294-6, ya indiv idualizados, a la pena corporal de TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, A LAS ACCESORIAS DE inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autores del delito de Robo con Intimidación, descrito y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal, y por los hechos cometido el día 13 de julio de 2021, en esta ciudad de Villa Alemana. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 15 de la Ley N°18.216, se sustituye a los sentenciados el cumplimiento de la pena privativa de Código: LJRHXBPTXJM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA intensiva por el término de 4 años, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Valparaíso y debiendo, además, cumplir durante el período de control con el plan de intervención indiv idual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la citada ley. Los sentenciados deberán presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya indiv idualizado, dentro del plazo de diez días, constados desde que estu

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Sentencia en procedimiento abreviado Villa Alemana, veintidós de septiembre de dos mil veintidós.- La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Los Hechos: El 13 de Julio del 2021 alrededor de las 17.30 horas en circunstancias que Don Edazme Vargas Hidalgo se encontraba realizando sus funciones de obrero en una parcela

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