M.P C/ OSCAR FRANCISCO AVENDAÑO BASTÍAS
Rol
O-3489-2021
Fecha
22 de septiembre de 2022
Materia
AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Que el día 13 de diciembre del año 2021, a las 16:45 horas aproximadamente, el imputado OSCAR FRANCISCO AVENDAÑO BASTÍAS, concurrió hasta las inmediaciones del cruce “El Monolito”, ubicada en la intersección de Avenida Diego Portales con Ruta H-66G de la comuna de San Vicente, lugar en el cual se acerca al carro de venta de abarrotes, golosinas y bebidas ubicado en el lugar, de propiedad de la víctima doña S.D.R.E.G., del cual procede a tomar con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña, un banano color celeste, el que contenía un celular marca Motorola modelo G9 de color rosado, especies avaluadas en la suma total de $140.000, huyendo del lugar con la especies en su poder, procediendo la víctima a dar cuenta de los hechos a carabineros, quienes proceden a la detención del imputado momentos más tarde. En la detención, el requerido opuso tenaz resistencia al actuar policial, abalanzándose sobre el cabo 1° de Carabineros don J. Q. R., quien producto de dicho acometimiento cae al suelo, resultando con lesiones de carácter leves, consistentes en “excoriaciones superficiales lineales en Código: XQEXXBWTHYL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Avda. Bernardo O’Higgins N° 385, Fono fax 72-2573099 miembros superiores”, para luego, y una vez reducido, AVENDAÑO BASTÍAS, proceder a amenazar a la Carabinero A. D. C., manifestándole “paca culia concha de tu madre, donde te pille en la calle te voy a sacar la chucha y te voy a matar”. A juicio de esta Fiscalía los hechos descritos son constitutivos de los delitos de HURTO SIMPLE, AMENAZAS A CARABINERO DE SERVICIO y MALTRATO DE OBRA A CARABINERO CON RESULTADO DE LESIONES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 446 N° 3 del Código Penal, 417 y 416 N° 4 del Código de Justicia Militar, respectivamente, consumados, y tiene participación el requerido en calidad de autor de los mismos. SENTENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Que la parte expositiva y cons
Fundamentos
considerando los 50 días de abono que registra en la presente causa por haberse encontrado sometido a un arresto domicicliario nocturno de 8 horas, desde el día 14 de diciembre del año 2021 hasta el 28 de febrero del año 2022, por un total de 177 horas de trabajos en beneficio de la comunidad de conformidad a la regla de conversión prevista en el articulo 12 de la Ley 18.216, debiendo estos trabajos comunitarios ser controlados y supervigilados por el C.R.S de Rancagua. V.- Que en cuanto a la pena de multa habiendose rebajado ésta a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL la misma se tiene íntegramente por cumplida, con cargo al día de control de la detención del 13 al 14 de diciembre del año 2021. VI.- Que se le exime del pago de las costas de la causa, por estimar que al haber admitido responsabilidad en este procedimeinto ha evitado con ello el desgaste innecesario de la actividad juridiccional. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Para efectos de la Ley 20.285 y la posterior publicación de la sentencia en la Página Web del Poder Judicial, publíquese solamente las iniciales de las víctimas del proceso. Regístrese y Archívese en su oportunidad. SENTENCIA EJECUTORIADA. OBSERVACIONES: • Que, SE DEJA SIN EFECTO, la Medida Cautelar del artículo 155 del Código Procesal Penal, Letra a), esto era: que tenía ARRESTO DOMICILIARIO NOCTURNO de 8 horas, por lo que debía permanecer en su domicilio desde las 22:00 a las 08:00 horas. Ofíciese a Código: XQEXXBWTHYL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Avda. Bernardo O’Higgins N° 385, Fono fax 72-2573099 Carabineros de Linares, a fin de que tomen conocimiento, se controle e informen incumplimientos. Sirviendo la presente acta como suficiente oficio remisor • Se ordena compulsar lo resuelto en la presente audiencia, en la causa Rit 384-2022 y consecuentemente de aquello, se decreta la suspensión de esta pena sustitutiva a la espera que se resuelva la situación procesal en dicha causa, en la cual el sentenciado se encuentra sujeto a la Medida cautelar de Prisión Preventiva. DICTADA POR JORGE ALIRO PARRAGUÉ LÓPEZ, JUEZ DE GARANTÍA DE SAN VICENTE DE TAGUA-TAGUA. Dra Código: XQEXXBWTHYL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-22T21:59:31-0300
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA a OSCAR FRANCISCO AVENDAÑO BASTÍAS, cédula de identidad N° 16.275.773-3, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y una pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL como autor de un delito consumado de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 numero 3 del Código Penal en perjuicio de S.D.R.E.G, ocurrido el dia 13 de diciembre del año 2021 en la comuna de San Vicente de Tagua-Tagua. II.- Que se CONDENA a OSCAR FRANCISCO AVENDAÑO BASTÍAS, cédula de identidad N° 16.275.773-3, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO y accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito consumado de AMENAZAS A CARABINERO DE SERVICIO en perjuicio de la funcionaria policial A.D.C previsto y sancionado en el articulo 417 del Código de Justicia Militar en relación a lo dispuesto al artículo 296 N°3 del Código Penal, ocurrido el día 13 de diciembre del año 2021 en la comuna de San Vicente de Tagua-Tagua. III.- Que se CONDENA a OSCAR FRANCISCO AVENDAÑO BASTÍAS, cédula de identidad N° 16.275.773-3, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO Código: XQEXXBWTHYL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Av
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Avda. Bernardo O’Higgins N° 385, Fono fax 72-2573099 Registro: 247-2022.- ACTA DE AUDIENCIA RUC: 2101122976-7 RIT: 3489-2021 JUEZ: JORGE ALIRO PARRAGUÉ LÓPEZ FECHA: 22 de Septiembre de 2022 HORA INICIO: 11:51 HORA DE TÉRMINO: 12:11 TIPO DE AUDIENCIA: J.O.S. DELITO: Hurto AUDIO: INTERVINIENTES: ASISTENCIA DE FISCAL: Juan Andrés Fuenzalida Martínez DEFENSOR: Jaime Castiglioni Rojas IMPUTADO: Oscar F
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