Juzgado de Letras de Colina

MANQUELIPE/INDUSTRIAS CAMPO LINDO S.A.

Rol

O-31-2021

Fecha

6 de septiembre de 2021

Materia

Despido indirecto

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Que en estos autos comparece RAUL RUBEN MANQUELIPE CATRILAF, cédula de identidad N°13.399.616-8, domiciliado en Sotero del Rio N°508, oficina 616, Santiago, quien deduce demanda en procedimiento de aplicación general por cobro de indemnizaciones, recargos y prestaciones derivadas de despido indirecto en contra de INDUSTRIAS CAMPO LINDO S.A., del giro de ganadería, panadería y elaboración de productos alimenticios, representada legalmente por Jose Campos Flores, ambos con domicilio en Hermanos Carrera Pinto N°82, comuna de Colina. Refiere que comenzó a prestar servicios para la demandada con fecha 1 de julio de 2003 en funciones de operario de panadería y pastelería, jornada completa, percibiendo como remuneración la suma de $766.788. En cuanto al término de la relación laboral, refiere que con fecha 28 de enero de 2021 decidió poner término al contrato de trabajo que lo unía con la demandada en virtud de los graves incumplimientos laborales y mediante el ejercicio del despido indirecto. Los hechos graves y reiterados a que alude consisten en el no pago de cotizaciones previsionales, no pago de quincena enero de 2021, no pago de bono de vacaciones diciembre 2020, no pago de aguinaldo diciembre de 2020, no pago de caja de mercadería diciembre de 2020, no entrega de mascarillas ni elementos de protección personal, descuento y no pago de cuota sindical en los meses de septiembre, octubre, noviembre, diciembre de 2020 y enero de 2021, atrasos en pago de cotizaciones, declaración y no pago de las mismas, todo en los periodos señalados en demanda. Adeudarse además 5 días de feriado progresivo, 6 días de feriado proporcional, Previas citas legales, pide acoger demanda declarando que el autodespido es ajustado a derecho y que en consecuencia se condene a la demandada al pago de: 1.- Indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $766.788, o lo que el tribunal estime. 2.- Indemnización por años de servicio de 11 años por la suma de $8.456.668, o lo que el

Fundamentos

considerando quinto, pues quedo establecido que el demandante comenzó a prestar servicios para la demandada el 1 de julio de 2003 y el 28 de enero de 2021, será esta la base de cálculo a utilizar para determinar la cuantía de las indemnizaciones alegadas, en conjunto con la remuneración establecida precedentemente. DÉCIMOTERCERO: Que, el mérito del resto de la prueba rendida, en nada altera lo razonado y concluido en el presente fallo.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo establecido en los artículos 1, 2, 4, 7, 9, 34, 41, 42, 44, 160, 168, 172, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 461, 500 y siguientes del Código del Trabajo; y las pertinentes del Código de Procedimiento Civil, RESUELVO: I.- Que, SE ACOGE PARCIALMENTE la demanda interpuesta por don RAUL RUBEN MANQUELIPE CATRILAF en contra de INDUSTRIAS CAMPO LINDO S.A., SOLO EN CUANTO SE DECLARA: a) Que el autodespido efectuado por el demandante se realizó conforme a derecho y es por tanto justificado. II. Que CONDENO a la parte demandada a pagar a favor del actor las siguientes prestaciones: 1.- Indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $698.799. 2.- Indemnización por 11 años de servicio por la suma de $7.686.789. 3.- Pago del feriado equivalente a 11 días, por la suma de $252.923. 4.- El recargo legal del 50% de la indemnización por años de servicio decretada precedentemente, por la suma de $3.843.394. 5.- La suma de $180.441 por cuota bancaria de BCI Nova correspondiente al mes de Noviembre de 2020. III. Que las cantidades recién expresadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses legales. IV. Que NO CONDENO en costas a la parte demandada por no haberse opuesto activamente. V. Que RECHAZO EN TODO LO DEMAS LA REFERIDA DEMANDA. Regístrese, notifíquese, anótese y en su oportunidad, archívese. RIT O-31-2021 RUC 21- 4-0318133-9 DICTADA POR DON ANDRES VILLARROEL ROMAN, JUEZ DEL JUZGADO DE LETRAS DE COLINA. En Colina a

Texto Completo (Preview)

Colina, seis de septiembre de dos mil veintiuno VISTOS Que en estos autos comparece RAUL RUBEN MANQUELIPE CATRILAF, cédula de identidad N°13.399.616-8, domiciliado en Sotero del Rio N°508, oficina 616, Santiago, quien deduce demanda en procedimiento de aplicación general por cobro de indemnizaciones, recargos y prestaciones derivadas de despido indirecto en contra de INDUSTRIAS CAMPO LINDO S.A., d

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