YASNA DEL CARMEN SILVA TAPIA C/ CARMEN GLORIA IRACABAL KNEER
Rol
O-1198-2020
Fecha
20 de septiembre de 2022
Materia
INJURIAS Y CALUMNIAS POR MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: Código: DTFPXBQSNGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1.- Mi representada es nacida y criada en la localidad de San Gabriel y hace más de 17 años que vive en un sitio municipal, llegando a esto por promesas de construcción de viviendas que hasta la fecha no se han concretado. En efecto, los terrenos les fueron concedidos en calidad de comodato por el alcalde de la época. 2.- Ahora bien, estos sitios fueron otorgados sin luz y agua potable por lo cual se les indicó que era responsabilidad de cada comodatario regularizar. Cuando estaba la empresa Hemos se podía instalar el medidor de agua potable sin problema, pero luego con aguas Andinas fue prácticamente imposible, quedamos muchas familias sin agua potable, teniendo el municipio la solución tan simple como colocar el medidor de agua, pero nunca hasta la fecha se les ha dado una solución. 3.- Muchas familias se consiguieron agua potable con otras familias, mi representada acudió a la Municipalidad de San José de Maipo para pedir un estanque de agua, pero en ese entonces alcalde Miguel Márquez Olivares le indica que lo más rápido y permanente seria sacar agua de la plaza de San Gabriel ya que ese medidor es de la municipalidad y no contaban con estanques para solucionar el problema de mi representada y el de otras familias. 4.- Conforme con lo anterior, se procedió a sacar agua picando a pulso más de 150 metros de tierra, mi representada fue la primera en extraer agua de ese sector y con los años llegaron más familias al sector los cuales se fueron conectando a este medidor de agua quedando una presión mínima de agua para nuestras viviendas. 5.- Es dable destacar en este punto que el actual alcalde de la Municipalidad de San José de Maipo, don Luis Pezoa Álvarez y que detenta dicho cargo hace mas de 11 años, no ha otorgado ninguna solución a una problemática vital para los habitantes del sector. En efecto, es el alcalde la máxima autoridad
Fundamentos
considerando que la red social de Facebook se puede utilizar en computadores, teléfonos y otros medios análogos que por su naturaleza son trasportables de un lugar a otro, y esta parte no cuenta con los medios tecnológicos para lograr determinar –específicamente- el lugar de la ocurrencia del hecho Código: DTFPXBQSNGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl constitutivo de delito. Lo manifestado precedentemente se recoge por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago en causa Rol N° 1523-2016, seguida por el empresario don Andrónico Luksic Crai contra el diputado Gaspar Rivas Sánchez. Sin perjuicio de lo anterior se tuvo conocimiento de los hechos descrito en la querella en el Diario de Circulación Comunal y Sesión ordinaria efectuada en la comuna y ciudad de San José de Maipo, correspondiendo el conocimiento de la presente querella al Juzgado de Garantía con jurisdicción en la comuna de San José de Maipo, esto es, el Juzgado de Garantía de Puente Alto.
Fallo
Por tanto, estos no pueden ser constitutivos de principio de ejecución, teniendo presente la falta de determinación específica del territorio o lugar donde se realizó la publicación. Lo anterior, considerando que la red social de Facebook se puede utilizar en computadores, teléfonos y otros medios análogos que por su naturaleza son trasportables de un lugar a otro, y esta parte no cuenta con los medios tecnológicos para lograr determinar –específicamente- el lugar de la ocurrencia del hecho Código: DTFPXBQSNGL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl constitutivo de delito. Lo manifestado precedentemente se recoge por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago en causa Rol N° 1523-2016, seguida por el empresario don Andrónico Luksic Crai contra el diputado Gaspar Rivas Sánchez. Sin perjuicio de lo anterior se tuvo conocimiento de los hechos descrito en la querella en el Diario de Circulación Comunal y Sesión ordinaria efectuada en la comuna y ciudad de San José de Maipo, correspondiendo el conocimiento de la presente querella al Juzgado de Garantía con jurisdicción en la comuna de San José de Maipo, esto es, el Juzgado de Garantía de Puente Alto. POR TANTO, y conforme a lo disponen los artículos 109 b), 111 al 121 y demás pertinentes del Código Procesal Penal; articulo 412 y siguientes del Código Penal y demás normas pertinentes. SOLICITO A S.S., tener por interpuesta querella criminal en contra de doña CAR
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Individualización de Audiencia de lectura de sentencia.. Fecha Puente Alto., veinte de septiembre de dos mil veintidós Magistrado PAULO ANTONIO JARA SEPULVEDA Abogado Qllte. JORGE CASTILLO (NO COMPARECE) Defensor Privado KATHERINE MICHELL RODRIGUEZ (NO COMPARECE) Hora inicio 01:36PM Hora termino 01:38PM Sala Sala JOS Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta cca RUC 2010007222-0 RIT 1198 -
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