MP C/ JAVIER JONATHAN CHÁVEZ TOBAR
Rol
O-5716-2022
Fecha
20 de septiembre de 2022
Materia
DAÑOS SIMPLES., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO además lo dispuestos por los Art. 1 , 1 15 32 6 N° 3 8 del Código Penal; Artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a JAVIER JONATHAN CHÁVEZ TOBAR , cédula de identidad 0015 65 1 - ya individualizado , a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y el pago de una multa de CINCO unidades tributarias mensuales ello como autor del delito consumada de HURTO, y por el delito DAÑOS, al pago de una multa a beneficio fiscal de 11 unidades tributarias mensuales, ambos delitos por hechos acaecidos en esta ciudad de Talca, el día 10 de AGOSTO de 2022 . II. Que no reuniéndose respecto del sentenciado ninguno de los requisitos que establece las normas contenidas en la Ley 18.216 para acceder a una pena sustitutiva, se dispone el cumplimiento efectivo de la sanción privativa de libertad y se le contará desde el día 10 de agosto de 2022, día desde el cual se encuentra privado de libertad en forma ininterrumpida hasta el día de hoy. III. Que haciendo uso de las facultades que concede el artículo 0 del Código Penal, se autoriza el pago en 1 cuotas iguales y sucesivas de un 1 de unidad tributaria mensual cada una de ellas, pagadera la primera al mes siguiente que este fallo adquiera el carácter de ejecutoriado. Si el sentenciado no pagare una de las cuotas se hará exigible el total de la multa y si no tiene bienes para Código: XTLYXBFCHDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl satisfacerla sufrirá por vía de sustitución la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual. IV. Se exime del pago de las costas al sentenciado. Cúmplase con el Artículo 68 del Código Procesal Penal. REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHIVESE. RENUNCIA A LOS TERMINOS LEGALES Tanto el Ministerio Público y la defensa renuncian a los plazos para i
Fallo
Por estas consideraciones y VISTO además lo dispuestos por los Art. 1 , 1 15 32 6 N° 3 8 del Código Penal; Artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a JAVIER JONATHAN CHÁVEZ TOBAR , cédula de identidad 0015 65 1 - ya individualizado , a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y el pago de una multa de CINCO unidades tributarias mensuales ello como autor del delito consumada de HURTO, y por el delito DAÑOS, al pago de una multa a beneficio fiscal de 11 unidades tributarias mensuales, ambos delitos por hechos acaecidos en esta ciudad de Talca, el día 10 de AGOSTO de 2022 . II. Que no reuniéndose respecto del sentenciado ninguno de los requisitos que establece las normas contenidas en la Ley 18.216 para acceder a una pena sustitutiva, se dispone el cumplimiento efectivo de la sanción privativa de libertad y se le contará desde el día 10 de agosto de 2022, día desde el cual se encuentra privado de libertad en forma ininterrumpida hasta el día de hoy. III. Que haciendo uso de las facultades que concede el artículo 0 del Código Penal, se autoriza el pago en 1 cuotas iguales y sucesivas de un 1 de unidad tributaria mensual cada una de ellas, pagadera la primera al mes siguiente que este fallo adquiera el carácter de ejecutoriado. Si el sentenciado no pagare una de las cuotas se hará exigible el total de la multa y
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Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado.. Fecha Talca., veinte de septiembre de dos mil veintidós Magistrado HUMBERTO ANDRES PAIVA PASSERO Fiscal PAZ FILIPPI Defensor MARCELA CAMERON MAUREIRA POR JAIME PAIVA FERRADA Hora inicio 12:25PM Hora termino 13:00pm Sala SEGUNDA SALA audio 15 y 16 Tribunal Juzgado de Garantía de Talca. Acta plc RUC 2200 066-2 RIT 5 16 - 2022 NOMBRE IM
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