Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ DANILO IVÁN DAZA SOTO

Rol

O-2660-2021

Fecha

20 de septiembre de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CHISTIAN MARCELO DAZA SOTO, quien comparece representado por la Defensoría Penal Pública, por los siguientes hechos: “El día 17 de octubre de 2021, alrededor de las 11.20 horas, al interior del domicilio ubicado en Av Quinta N°0760 de esta comuna, el imputado Christian Daza Soto y su hermano Danilo Daza Soto, sostuvieron una discusión y se agredieron mutuamente con golpes de pies y puños, además, de lanzarse objetos contundentes, resultando ambos con lesiones de carácter leves”.- (La parte expositiva y considerativa de la sentencia, se encuentra íntegramente registrada en el audio de la audiencia) SEGUNDO: Atendido lo expuesto y desarrollado durante la audiencia de juicio oral simplificado, el Tribunal resuelve que en atención a la insuficiencia de la prueba rendida por el Ministerio Público, ya que no se presentó la prueba de cargo a declarar, tampoco se presentó la Código: YRGBXBXSXYK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl víctima, lo que se encuentra registrado en el audio de la audiencia de juicio, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 340 y 297 del Código Procesal Penal. En definitiva, el Tribunal no cuenta con elementos de juicio necesarios para llegar a una convicción condenatoria, ya que nadie puede ser condenado sino cuando un Tribunal adquiera la convicción que ha cometido un hecho punible y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 340 del Código Procesal Penal, es que

Fallo

por estas consideraciones y según lo dispuesto en el artículo 297, 340, 396 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Que se absuelve a CHRISTIAN MARCELO DAZA SOTO, del delito de lesiones menos graves. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar, especialmente por haber debido ejercer la acción penal en virtud de haber denunciado un presunto delito la víctima. III.- A partir de esta fecha quedan sin efecto las todas las medidas cautelares decretadas en contra de la encausada.-debiendo oficiar a quien corresponda informando que a contar de hoy quedan sin efecto. Resolvió don IGNACIO ANDRÉS ADANA JURI, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: YRGBXBXSXYK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: YRGBXBXSXYK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-21T08:25:43-0300

Texto Completo (Preview)

C/ CHRISTIAN MARCELO DAZA SOTO. DELITO: AMENAZAS EN VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO. RUC N2100932015-3. Rit N°2660-2021. Villa Alemana, veinte de septiembre de dos mil veintidós.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CHISTIAN MARCELO DAZA SOTO, quien com

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