MP C/ JOSÉ MANUEL MORENO DÍAZ
Rol
O-6986-2021
Fecha
20 de septiembre de 2022
Materia
VIOLACION DE MORADA.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos acaecidos en la comuna de San Clemente, el día 15 de Mayo de 2022. II.- Que se sustituye la pena privativa de libertad, por la PRESTACIÓN DE SERVICIO EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, la que se regula en ochenta horas, debiendo el sentenciado cumplir con la pena sustitutiva en el Centro de reinserción social Occidente. B.- Que en la causa Rit 6986-2021 SE CONDENA a JOSÉ MANUEL MORENO DÍAZ cédula de identidad número 0015820985- Código: BDYKXBYWXZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3, domiciliado en Villa San Luis IV, calle Futaleufú Nº 2018, comuna de Maipú, a sufrir las siguientes penas: I.- Tres penas de seis unidades tributarias mensuales, ello por su responsabilidad como autor en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal, de los delitos consumados de VIOLACIÓN DE MORADA, previsto y sancionado en el artículo 144 del Código penal, por hechos acaecidos el día 30 de octubre del año 2021, en relación al primero de los delitos con relación a la víctima MARIA EUGENIA FUENTES HENRIQUEZ, en relación al segundo respecto de la víctima ARIEL ALEXIS LORCA NUÑEZ y en relación al tercero respecto de la víctima DAMARIS MUÑOZ VALENZUELA. II.- Teniendo presente que la suma de las tres penas impuestas, de seis unidades tributarias mensuales, arrojan como resultado dieciocho unidades tributarias mensuales, las que correspondiente a tres días por cada unidad tributaria mensual, arrojan 54 días, la pena impuesta al sentenciado se le dará por cumplida ya que ha estado privado de libertad con motivo de esta causa desde el 25 de julio de 2022 hasta el día de hoy, es decir 55 días, un día más de lo que se requiere para el cumplimiento de la sanción, dando desde ya por esta causa orden de libertad, por el cumplimiento de la pena. C) Que se declara que se exime del pago de costas al sentenciado por estimar que al aceptar responsabilidad en los hechos y acceder al juicio simplificado ha evitado el desgaste inn
Fallo
Por estas consideraciones y lo que disponen los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N°1, 67, 68, 70, 144, 296 N°3 del Código Penal; artículos 1, 5 y 9 de la ley 20.066, Artículos 11 y siguientes de la Ley 18.216; Articulo 388 y siguientes del Código Procesal Penal;, SE DECLARA: A.- Que en la causa Rit 3517-2022 SE CONDENA a JOSÉ MANUEL MORENO DÍAZ cédula de identidad número 0015820985- 3, domiciliado en Villa San Luis IV, calle Futaleufú Nº 2018, comuna de Maipú, a sufrir las siguientes penas: I.- A la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y la accesoria especial contenida en la letra C del artículo 9 de la ley 20.066, esto es la prohibición de portar o tener armas de fuego por el plazo de un año, ello por su responsabilidad como autor en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal, del delito consumado de AMENAZAS en contexto de Violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 296 N°3 del Código penal, por hechos acaecidos en la comuna de San Clemente, el día 15 de Mayo de 2022. II.- Que se sustituye la pena privativa de libertad, por la PRESTACIÓN DE SERVICIO EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, la que se regula en ochenta horas, debiendo el sentenciado cumplir con la pena sustitutiva en el Centro de reinserción social Occidente. B.- Que en la causa Rit 6986-2021 SE CONDENA a JOSÉ MANUEL MORENO DÍAZ cédula de identidad número 0015820985- Código:
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Individualización de Audiencia de Juicio Oral Simplificado. Fecha Talca., veinte de septiembre de dos mil veintidós Magistrado HECTOR AMERICO CASTRO FIGUEROA Fiscal 3517-2022 FRANCISCO SEGUNDO SOTO TORO POR PAZ ELIZABETH DEL CARMEN FILIPPI PEREDO Fiscal 6986-2021 FRANCISCO SEGUNDO SOTO TORO POR RODRIGO MORENO BRAVO Defensor EUGENIO FRANCISCO PRIETO ARAYA Hora inicio 12:45PM Hora termino 01:15PM S
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