MP C/ SERGIO ENRIQUE CALUPIN MILANCA
Rol
O-6679-2020
Fecha
15 de septiembre de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: Con fecha 26 de octubre de 2020, aproximadamente a las 16:20 horas, el requerido SERGIO ENRIQUE CALUPIN MILANCA, fue sorprendido por personal de la Policía de Investigaciones de Chile, manteniendo al interior del domicilio ubicado en Calle Bulnes N°1212-A, Valdivia, un Notebook marca Dell color negro, serie N° P/N: NW554 A00, especie que le había sido sustraída con anterioridad a la víctima doña Valentina Belen Yensen Asenjo, con fecha 18 de octubre de 2020, en horas de la madrugada, desde su domicilio ubicado en Calle Baquedano N°760, cabaña N°07, Valdivia, mediante el delito de robo en lugar habitado, lo que fue denunciado por la víctima a través del informe policial N°2137, de 25 de octubre de 2020 de la Brigada Investigadora de Robos Valdivia. El requerido conocía o no podía menos que conocer el origen ilícito de la especie que mantenía en su poder. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2001090531-2-1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y además visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 30 y siguientes, 70, 456 bis A, del Código Penal; artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; y Ley N° 18.216; se resuelve: 1. Que se condena a SERGIO ENRIQUE CALUPIN MILANCA, Cédula de Identidad Nº 19.554.504-9, chileno, nacido el 28 de enero de 1997, domiciliado en Calle General Yáñez Nº 284, Valdivia, a la pena de SESENTA Y UN DIAS (61) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a beneficio Fiscal, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en la ciudad de Valdivia con fecha 26 de octubre de 2020. 2. Se exime del pago de las costas al sentenciado toda vez que ha ac
Fallo
Por estas consideraciones y además visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 30 y siguientes, 70, 456 bis A, del Código Penal; artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; y Ley N° 18.216; se resuelve: 1. Que se condena a SERGIO ENRIQUE CALUPIN MILANCA, Cédula de Identidad Nº 19.554.504-9, chileno, nacido el 28 de enero de 1997, domiciliado en Calle General Yáñez Nº 284, Valdivia, a la pena de SESENTA Y UN DIAS (61) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a beneficio Fiscal, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en la ciudad de Valdivia con fecha 26 de octubre de 2020. 2. Se exime del pago de las costas al sentenciado toda vez que ha aceptado tramitar este juicio bajo las normas del procedimiento simplificado. 3. Tomando en consideración que el imputado en esta causa, permaneció privado de libertad desde el día 27 de octubre de 2020 al 29 de abril de Código: XQJTXBXCWQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgvaldivia@pjud.cl ___________________________________________________________________________________________________________ Avenida Francia N° 2688, Valdivia Correo Electrónico: jgvaldivia
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___________________________________________________________________________________________________________ Avenida Francia N° 2688, Valdivia Correo Electrónico: jgvaldivia@pjud.cl Teléfono Contacto: 632348916 / 632348842 SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, quince de septiembre de dos mil veintidós. Los hechos: Con fecha 26 de octubre de 2020, aproximadamente a las 16:20 horas, el r
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