Juzgado de Garantía de Concepción.

OSCAR EDUARDO VALENZUELA CARRASCO C/ DIEGO FERNANDO OLIVAR GOMEZ

Rol

O-251-2020

Fecha

15 de septiembre de 2022

Materia

INJURIA (ACCION PRIVADA).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la querella de fecha 07 de enero del año 2020, constitutivo del delito de injurias en la persona de don OSCAR EDUARDO VALENZUELA CARRASCO, R.U.N. 15.187.713.-3. II. Que, no se condena en costas a la querellante por haber tenido

Fundamentos

motivos plausibles para litigar. Devuélvanse los documentos y las pruebas incorporadas en el juicio oral. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. La audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal. Dirigió la audiencia, resolvió y dictó sentencia doña CAROLINA ANDREA LLANOS OJEDA, Juez (D) de Garantía de Concepción. Código: YHZMXBTREZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-21T08:48:41-0300

Fallo

SE DECLARA: I. Que se ABSUELVE al querellado DIEGO FERNANDO OLIVAR GOMEZ, R.U.N. 24.431.769-3, ya individualizado, de los hechos materia de la querella de fecha 07 de enero del año 2020, constitutivo del delito de injurias en la persona de don OSCAR EDUARDO VALENZUELA CARRASCO, R.U.N. 15.187.713.-3. II. Que, no se condena en costas a la querellante por haber tenido motivos plausibles para litigar. Devuélvanse los documentos y las pruebas incorporadas en el juicio oral. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. La audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal. Dirigió la audiencia, resolvió y dictó sentencia doña CAROLINA ANDREA LLANOS OJEDA, Juez (D) de Garantía de Concepción. Código: YHZMXBTREZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-21T08:48:41-0300

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de juicio oral en procedimiento simplificado. Fecha Concepción, quince de septiembre de dos mil veintidós. Magistrado (D) CAROLINA ANDREA LLANOS OJEDA. Abogado Querellante LESLIET RIQUELME FUENTEALBA Defensor Privado ANTOINE PEÑALOZA CARRILLO Hora inicio 10:30 HORAS Hora receso 12:06 HORAS Hora reinicio 12:15 HORAS Hora receso 12:36 HORAS Hora reinicio 13:24 HORAS H

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