Juzgado de Garantía de Copiapo.

MAURICIO ANDRES MENDEZ SEPULVEDA C/ JAIR IGNACIO OSSANDÓN NEIRA

Rol

O-2904-2022

Fecha

20 de septiembre de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 6 de enero del año 2020, a las 13:45 horas aproximadamente, el imputado JAIR IGNACIO OSSANDÓN NEIRA, en compañía de otro sujeto de identidad desconocida, conducía el vehículo motorizado placa patente XE-1142, en dirección al interior del estacionamiento subterráneo del Supermercado JUMBO, ubicado en Avenida Copayapu Nº 2406, de Copiapó. En razón de lo anterior, una vez en el lugar de los hechos, el sujeto que acompañaba al imputado, descendió del automóvil sustrayendo diversas especies desde el interior de un vehículo que se encontraba estacionado en el lugar, el vehículo tipo camioneta placa patente HZRK-60, era propiedad de SERNAGEOMIN para uso Fiscal, para lo cual, el sujeto fracturó la aletilla de la puerta posterior derecha para sustraer las especies, mientras que JAIR OSSANDÓN, a sabiendas del ilícito, se encargó de conducir para trasladar las especies. Ante tal hecho, las especies sustraídas fueron avaluadas en la suma de $1.000.000. SE DECLARA: I. Que se condena a JAIR IGNACIO OSSANDÓN NEIRA, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de ROBO CON FUERZA EN LUGAR NO HABITADO., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO – ACCESORIAS DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Pena sustitutiva de la Reclusión parcial nocturna domiciliaria en su domicilio de Calle Gabriel Marco Ibanez 1773, Colonias Extranjeras, Copiapó entre las 22:00 horas de cada día y las 6:00 horas del día siguiente a partir de la fecha que se informe la efectiva implementación del sistema de monitoreo telemático por parte de Gendarmería de Chile, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del reglamento de Monitoreo Telemático. En el plazo de 5 días corridos, contados desde la fecha que el ciudadano obtenga su libertad en 2219- 2022, (para lo anterior la sección estadística del

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a JAIR IGNACIO OSSANDÓN NEIRA, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de ROBO CON FUERZA EN LUGAR NO HABITADO., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO – ACCESORIAS DEL ARTÍCULO 30 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Pena sustitutiva de la Reclusión parcial nocturna domiciliaria en su domicilio de Calle Gabriel Marco Ibanez 1773, Colonias Extranjeras, Copiapó entre las 22:00 horas de cada día y las 6:00 horas del día siguiente a partir de la fecha que se informe la efectiva implementación del sistema de monitoreo telemático por parte de Gendarmería de Chile, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del reglamento de Monitoreo Telemático. En el plazo de 5 días corridos, contados desde la fecha que el ciudadano obtenga su libertad en 2219- 2022, (para lo anterior la sección estadística del CCP de Copiapó deberá informar el Código: HKQCXBZTCQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mismo día de la puesta en libertad al CRS de Copiapó para que estos computen el plazo) deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Copiapó. Si no contara con el informe de monitoreo telemático o si fuere negativo, el cumplimiento deberá realizarse en sede penitenciaria. Si el imputado no se presenta s

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Copiapó., veinte de septiembre de dos mil veintidós TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: VÍCTOR MANUEL SANTANA ESCOBAR RUC: 2000034868-7 RIT: 2904 - 2022 IMPUTADO: JAIR IGNACIO OSSANDÓN NEIRA C.I. 0020035747-7 FECHA DE NAC. 22 de septiembre de 1998 DIRECCION Calle COLONIAS EXTRANJERAS, GABRIEL MARCO IBANEZ 1773 Nº 17

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