ANONIMIZADO
Rol
F-364-2021
Fecha
9 de enero de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que, habiendo transcurrido más de 6 meses desde la suspensión condicional de la dictación de la sentencia y cumpliéndose lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley 19.968, se ordena el archivo de estos antecedentes. Que, en atención a lo anteriormente consignado, se ordena oficiar al Registro Civil a fin de cancelar la anotación practicada, de conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 96 de la Ley 19.968. (OFICIO N° NUM000). Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Adjúntese al presente oficio copia del...
Texto Completo (Preview)
Estación 120 – Puerto Varas / Fono 204935– 204936– 204937/ Fax 346519 Mail: jfpuertovaras@pjud.cl Puerto Varas, nueve de enero de dos mil veintitrés. Vistos: Que, habiendo transcurrido más de 6 meses desde la suspensión condicional de la dictación de la sentencia y cumpliéndose lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley 19.968, se ordena el archivo de estos antecedentes. Que, en atención a lo anteri
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica