CAMACHO MUÑOZ ANDRES JAVIER CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA SERENA
Rol
C-4502-2019
Fecha
18 de marzo de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que con fecha 09 de diciembre de 2019, comparece don ngel MirandaÁ Ponce, abogado en representaci n de don Andr s Javier Camacho Mu oz, m dicoó é ñ é veterinario, ambos domiciliados en calle Los Girasoles N° 4275, La Florida, La Serena, interponiendo demanda de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de La Serena, representada por su Alcalde don Roberto El as Jacobí Jur , ambos domiciliados en calle Arturo Prat N° 451, La Serena, en base a loé siguiente. Refiere que el actor es uno de los comuneros del inmueble ubicado en calle Los Girasoles N° 4275, La Florida, La Serena, cuya inscripci n se encuentraó vigente a fojas 11.188 N° 7493 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces La Serena, correspondiente al a o 2019, y cuyo rol de aval o fiscalí ñ ú es el N° 0304900069. Agrega que el inmueble singularizado tiene deudas por concepto de derechos de aseo ante la Ilustre Municipalidad de La Serena, las cuales se encuentran prescritas, por tratarse de las cuotas 2 a 4 del a o 2009; y cuotas 1 a 4 desde elñ a o 2010 al a o 2014. Montos que suman ñ ñ $456.506. Por tanto, en base a las consideraciones expuestas, solicita se declare la prescripción extintiva de la acci n de cobro de aseo domiciliario municipal, respectoó del periodo comprendido entre el a o 2009 al 2014, que en conjunto alcanzan unñ valor total de $456.506.- (cuatrocientos cincuenta y seis mil quinientos seis pesos). Todo ello con costas. Que con fecha 10 de diciembre de 2019 se acogi ó a tramitación la demanda en juicio ordinario de mayor cuant a.í C-4502-2019 Foja: 1 Que con fecha 09 de enero de 2020 se notific el libelo en forma personaló a la parte demandada. Con fecha 20 de enero de 2020 comparece do a Carolina Mu oz Totoral,ñ ñ abogada en representaci n de la demandada, solicitando se tenga a su parte poró allanada respecto del periodo comprendido entre el 30 de junio de 2009 (segunda cuota trimestral) y la ltima cuota de 2019.ú Que enseguida, en el prim
Fundamentos
fundamentos de derecho se alados en su libelo. ñ Con fecha 19 de febrero de 2020 se realiz ó la audiencia de conciliación con la asistencia de la apoderada de la demandante y en rebeld a de la demanda.í Llamadas las partes a conciliación sta no se produjo.é Con fecha 21 de febrero de 2020 se cit ó a las partes a oír sentencia. I. EN CUANTO AL FONDO DE LA ACCI N DEDUCIDA. Ó I. 1. DEMANDA PRINCIPAL: PRIMERO: Que la cuestión que se debe esclarecer en el presente caso consiste en determinar si la acción de cobro que detenta la Ilustre Municipalidad de La Serena, respecto de la deuda por concepto de pago de servicios de aseo domiciliario, devengada entre el a o 2009 al 2014ñ , se encuentra prescrita. SEGUNDO: Que la demandante principal y demandada reconvencional, en orden a acreditar su pretensi n, alleg la siguiente prueba documental:ó ó En el primer otros del libelo de fecha 09í de diciembre de 2019: 1.- Estado de cuenta corriente por los derechos de aseo domiciliario, emitido por la Ilustre Municipalidad de La Serena, con fecha 04 de noviembre de 2019, respecto del inmueble ubicado en calle Los Girasoles N° 4275, La Serena. 2- Copia de inscripci n especial de herencia, otorgado por el Conservador yó Archivero Judicial de La Serena. C-4502-2019 Foja: 1 TERCERO: Que la demandada principal y demandante reconvencional, en orden a sustentar sus alegaciones, alleg la siguiente prueba documental:ó En el segundo otros de la presentaci n de fecha 20 de enero de 2020: í ó 1.- Certificado de estado de deuda por derechos de aseo domiciliario, emitido por el Departamento de Rentas de la Ilustre Municipalidad de La Serena, con fecha 13 de enero de 2020, por el periodo comprendido entre el segundo trimestre de 2009 y el ltimo trimestre de 2019.ú CUARTO: Que atendida la estabilidad que es preciso mantener en toda relación jurídica, constituye un principio admitido en nuestra legislaci n que lasó acciones y derechos que no se hacen valer, por muy legítimos que sean, se extinguen por la inactividad de su titular; evitándose con ello que dichas prerrogativas puedan ser ejercidas durante un lapso indefinido de tiempo. En este sentido los artículos 2492 y 2514 del Código Civil, establecen que la prescripción extintiva es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante un cierto lapso de tiempo; y siempre que la acción sea prescriptible, haya sido alegada por quien pretende beneficiarse de ella, y no se encuentre interrumpida. QUINTO: Pues bien, de acuerdo a las normas legales citadas, y lo manifestado por la actora principal no controvertido por la contraria- es posible– concluir que la deuda por concepto de aseo domiciliario, devengada entre el 30 de junio de 2009 y el 30 de noviembre de 2014 se encuentra prescrita. Motivo por el que la demanda principal ser acogida, m xime el allanamiento de la contraria.á á I. 2. DEMANDA RECONVENCIONAL: SEXTO: Que en primer lugar, y a fin de establecer la normativ
Fallo
Por tanto, en base a las consideraciones expuestas, solicita se declare la prescripción extintiva de la acci n de cobro de aseo domiciliario municipal, respectoó del periodo comprendido entre el a o 2009 al 2014, que en conjunto alcanzan unñ valor total de $456.506.- (cuatrocientos cincuenta y seis mil quinientos seis pesos). Todo ello con costas. Que con fecha 10 de diciembre de 2019 se acogi ó a tramitación la demanda en juicio ordinario de mayor cuant a.í C-4502-2019 Foja: 1 Que con fecha 09 de enero de 2020 se notific el libelo en forma personaló a la parte demandada. Con fecha 20 de enero de 2020 comparece do a Carolina Mu oz Totoral,ñ ñ abogada en representaci n de la demandada, solicitando se tenga a su parte poró allanada respecto del periodo comprendido entre el 30 de junio de 2009 (segunda cuota trimestral) y la ltima cuota de 2019.ú Que enseguida, en el primer otros del escrito de fecha 20 de enero deí 2020, la demandada interpuso libelo reconvencional manifestando que el actor principal adeuda a la Municipalidad de La Serena la suma de $254.568.- m sá intereses y reajustes, por concepto de derechos de aseo domiciliario no pagado desde la primera cuota de 2015 a la fecha; periodo que no est prescrito.á En efecto, argumenta que el art culo 40 del Decreto Ley N° 3063í establece “Ll mense derechos municipales las prestaciones que est n obligados aá á pagar a las municipalidades, las personas naturales o jur dicas de derecho p blico oí ú de derecho privado, que obte
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C-4502-2019 Foja: 1 FOJA: 23 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-4502-2019 CARATULADO : CAMACHO MU OZ ANDRES JAVIER CONÑ ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA SERENA La Serena, dieciocho de Marzo de dos mil veinte Vistos: Que con fecha 09 de diciembre de 2019, comparece don ngel MirandaÁ Ponce, abogado en representaci n de don Andr s Javier Camacho
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