7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ DANIEL ESTEBAN RÍOS ZAMORANO

Rol

O-17064-2020

Fecha

12 de septiembre de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos ocurridos en la comuna de Santiago, los días 07 de septiembre de 2020 y 29 de octubre de 2020, los cuales se encuentran en grado de ejecución de CONSUMADOS. II.- Que en cuanto a la sanción pecuniaria dado el tiempo de privación de libertad del imputado Código: EWXSXBFSFYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a propósito del control de detención del día 07 de septiembre de 2020, se da por cumplida, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Procesal Penal. III.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4º de la ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la remisión condicional de la pena por un año, pena que deberá presentarse a cumplir al Centro de Reinserción Social Santiago Norte, ubicado en Avenida Recoleta N° 414, comuna de Recoleta, a más tardar el día 10 de octubre de 2022. En el evento que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva o intensificarse la ya impuesta, con cinco días de abono correspondientes a los controles de detención de fechas 07 de octubre de 2021, 26 de noviembre de 2021, 19 de febrero de 2022, 17 de junio de 2022 y 12 de septiembre de 2022. IV.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 del Código Penal se decreta el comiso de la droga incautada. V.- Que se ordena el registro de la huella genética del sentenciado en el Registro de Condenados, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la ley 19.970 y articulo 40, previa toma de la muestra biológica si fuere necesario. VI.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se les exime al imputado de pagar las costas de este procedimiento atendido que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. VII.- Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dicta

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se condena a DANIEL ESTEBAN RÍOS ZAMORANO, ya individualizado, a la pena única de TRESCIENTOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más multa de un tercio de unidad tributaria mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de TRAFICO DE ESTUPEFACIENTES EN PEQUEÑAS CANTIDADES, previsto y sancionado en el artículo 4º de la Ley 20.000, hechos ocurridos en la comuna de Santiago, los días 07 de septiembre de 2020 y 29 de octubre de 2020, los cuales se encuentran en grado de ejecución de CONSUMADOS. II.- Que en cuanto a la sanción pecuniaria dado el tiempo de privación de libertad del imputado Código: EWXSXBFSFYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a propósito del control de detención del día 07 de septiembre de 2020, se da por cumplida, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Procesal Penal. III.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4º de la ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la remisión condicional de la pena por un año, pena que deberá presentarse a cumplir al Centro de Reinserción Social Santiago Norte, ubicado en Avenida Recoleta N° 414, comuna de Recoleta, a más tardar el día 10 de octubre de 2022. En el evento que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva o intensificarse la ya impue

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PROCEDIMIENTO Procedimiento simplificado. FECHA: Santiago, doce de septiembre de dos mil veintidós. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: MARCIA IRENE FIGUEROA ASTUDILLO RUC: 2000910233-8 RIT: 17064-2020 IMPUTADO: DANIEL ESTEBAN RÍOS ZAMORANO C.I. 16.788.449-0 DELITO Dos delitos de tráfico de drogas en pequeñas cantidades ARTÍCULO Artículo 4° de la Ley 20.000 PARTICIPACIÓ

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