14º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ SERGIO HERMOGENES CHAVEZ GALLARDO

Rol

O-2096-2022

Fecha

9 de septiembre de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1º Que en la audiencia de celebrada el día de hoy, ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía de Santiago en presencia del Sr. Fiscal Adjunto don Jorge García, quien requirió en forma verbal en procedimiento simplificado a SERGIO HERMOGENES CHAVEZ GALLARDO, chileno, 61 años de edad, nacido el 13 de septiembre de 1961, comerciante, casado, cédula de identidad N° 9.009.469-6, domiciliado en calle Cinco Poniente N°3287, comuna de La Granja, requerido por el siguiente hecho: El día 26 de abril del año 2022 a las 16:30 horas, el requerido llego hasta el Local Ripley Avenida Vicuña Mackenna Oriente Nª 6100 La Florida y desde su interior procede a sustraer y apropiarse con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño de un juego de sabanas especies avaluadas en la suma total de $ 64.990 para luego salir del local sin pagar las especies, siendo detenido en las inmediaciones. A juicio del Ministerio Público, los hechos, antes descritos, son constitutivos del delito de hurto simple, consumado, previsto en el artículo 432 y sancionado en el artículo 446 N°3, ambos del Código Penal, y se le atribuye una participación en calidad de autor. En razón de la admisión de responsabilidad efectuada por el requerido el Sr. Fiscal solicitó se le imponga una pena ascendente a 51 días de prisión en su grado máximo, multa ascendente un tercio de unidad tributaria mensual y accesorias legales, invocando en su favor la atenuante del artículo 11 N°9 del Código Penal. 2° Que luego de advertir al requerido de todos los derechos que le asisten, en especial de su derecho a la realización de un juicio oral, éste decidió admitir su responsabilidad en la presente audiencia, tomando conocimiento de los antecedentes reunidos en el curso de la investigación, señalados por el señor Fiscal como elementos de cargo que fundan la imputación, consistentes en la especie en: 1.- Parte 614 de la 36° Comisaria de Carabineros de La Florida, funcionario a cargo Nancy Verónica Colín Trullan, cedula de identidad N° 19.124.084-7 y Alex Ignacio Galaz carrasco, cedula de identidad N° 20.087.672-5 con domicilio en Sotero del Rio 321, La Florida. 2.- Reconocimiento de especies efectuada por Don Cristian de Gregorio Gutiérrez, funcionario de seguridad del local afectado, con domicilio en el local Código: LBNXXBFMHPH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3.- Declaración de la funcionaria Nancy Verónica Colin Trullan 4.- Acta de entrega de detenidos por civiles del mismo Don Cristian de Gregorio Gutiérrez 5.- Declaración de Don Cristian de Gregorio Gutiérrez 6.- Copia de la Orden de despacho de las especies y su valor 7.- Fotografías de las especies sustraídas. 8.- Copia de folio 715844 9.- Extracto de filiación y antecedentes del imputado, con diversos antecedentes penales previos en los que consta que ya le fue concedida la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad. 10.- Valor de la UTM del

Fallo

se resuelve: I.- Que se condena a SERGIO HERMOGENES CHAVEZ GALLARDO, ya individualizado, a la pena de CINCUENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como autor del delito de hurto simple, frustrado, hecho perpetrado en esta ciudad el día 26 de abril de 2022. II.- Que la pena de multa impuesta y previa conversión a la pena de reclusión de conformidad a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal, se le tiene por cumplida con el mayor y tiempo de privación de libertad, sufrido el día 26 de abril de 2022. III.- Que no reuniéndose en la especie los requisitos de la ley 18216, No se concede en favor del sentenciado SERGIO HERMOGENES CHAVEZ GALLARDO ninguna pena sustitutiva, debiendo cumplir en forma real y efectiva, la pena corporal impuesta, contando con un día de abono, esto es, el día 27 de abril de 2022, por lo que en definitiva deberá cumplir cincuenta días de privación de libertad. IV.- Que se exime al sentenciado SERGIO HERMOGENES CHAVEZ GALLARDO del pago de las costas en razón de que por su disposición se ha evitado la realización de un juicio oral, y con ello se han ahorrado recursos fiscales significativos. En su oportunidad dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal RUC N°2200402914-7 RIT N°2096-2022. DICTADA POR DOÑA ANDREA ACEVEDO MUÑOZ, JUEZ DE

Texto Completo (Preview)

Santiago, nueve de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y considerando: 1º Que en la audiencia de celebrada el día de hoy, ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía de Santiago en presencia del Sr. Fiscal Adjunto don Jorge García, quien requirió en forma verbal en procedimiento simplificado a SERGIO HERMOGENES CHAVEZ GALLARDO, chileno, 61 años de edad, nacido el 13 de septiembre de 1961, comer

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica