M.P. COQUIMBO C/ ARACELY CONSTANZA DEVIA VIDAL
Rol
O-1711-2021
Fecha
7 de septiembre de 2022
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 24 de marzo de 2021, a las 01:50 horas aproximadamente, en la vía pública, en calle Los Diamelos con Las Orquídeas, Coquimbo, los imputados Aracely Constanza Devia Vidal y Jairo Lorenzo Curihual Figueroa, con el ánimo de sustraer especies, forzaron utilizando una tijera y alambres la chapa delantera izquierda del vehículo marca Toyota, modelo Tercel, año 1992, color rojo, placa patente única DPZY.70 que se encontraba estacionado en ese lugar, de propiedad de la víctima don Daniel Andrés Silva Díaz, desde donde sustrajeron un polerón y un jockey de color verde con logotipo de la empresa Papa Jonh’s y un polerón con logotipo de dragon ball z, quienes al ser sorprendidos por personal policial se dieron a la fuga con las especies en su poder, siendo finalmente alcanzado y detenido por carabineros en las inmediaciones del lugar.” B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los
Fundamentos
fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. Coquimbo, siete de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 442 y 443 inciso 1 del Código Penal y articulo 318 también del Código Penal y artículos 48, 297, 340, 341, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE a ARACELY CONSTANZA DEVIA VIDAL, CÉDULA DE IDENTIDAD N° 0018834204-3, ya individualizada, de los cargos que le fueron formulados de ser autora de los delitos de robo de cosas que se encuentran en bienes nacionales de uso público} frustrado, descrito y sancionado en el artículo 443 inciso 1 del Código Penal y del ilícito de infracción de poner en peligro la salud pública descrito y sancionado en el artículo 318 del código punitivo, ambos supuestamente perpetrados el día 24 de marzo de 2021, en esta comuna. II.- Que no se condena al Ministerio Público al pago de las costas de la causa. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, agréguese y archívese en su oportunidad. RUC: 2100283305-8 RIT: 1711-2021 Dictada por por doña CAROLINA BARONCINI GALVEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Coquimbo. Código: FZFFXBXYDXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: FZFFXBXYDXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-09T15:27:09-0400
Texto Completo (Preview)
A.- HECHOS: “El día 24 de marzo de 2021, a las 01:50 horas aproximadamente, en la vía pública, en calle Los Diamelos con Las Orquídeas, Coquimbo, los imputados Aracely Constanza Devia Vidal y Jairo Lorenzo Curihual Figueroa, con el ánimo de sustraer especies, forzaron utilizando una tijera y alambres la chapa delantera izquierda del vehículo marca Toyota, modelo Tercel, año 1992, color rojo, placa
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