Juzgado de Garantía de La Ligua.

JOSE NELSON VALDES FAUNDEZ C/ NELSON ANTONIO JIMÉNEZ PALACIO

Rol

O-787-2022

Fecha

8 de septiembre de 2022

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los

Fundamentos

fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N°1, 15 N°1, 24, 25, 30, 49, 51, 67, 69, 70, del Código Penal. 36, 45, 47, 49, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 346, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 196 - 209 de la ley de tránsito 18.290, normas pertinentes de La Ley 18.216,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a don NELSON ANTONIO JIMÉNEZ PALACIO, CÉDULA DE IDENTIDAD N°20.461.378-8, DOMICILIADO EN Calle SANTA MARTA, LONGOTOMA SITIO Nº 18, a sufrir la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, a pagar una DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y la PROHIBICIÓN DE OBTENER LICENCIA DE CONDUCIR POR DOS AÑOS, en su calidad de autor de un delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA, delito que se encuentra descrito y sancionado en el artículo 196 y 209 de la Ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 03 de abril del año 2022, en la comuna de La Ligua, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, CRS LA LIGUA, por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, el día 22 de Código: LLXVXBEXEWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc

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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. La Ligua, ocho de septiembre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N°1, 15 N°1, 24, 25, 30, 49, 51, 67,

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