SEGURIDAD Y SERVICIOS FEDERAL CORP S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE VIÑA DEL MAR
Rol
I-247-2019
Fecha
2 de septiembre de 2021
Materia
Costas, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos efectivamente acaecidos POR TANTO En mérito de las razones expuestas y en virtud de lo dispuesto en los artículos 496 Y 503 y demás pertinentes del Código del Trabajo, y en conformidad con los antecedentes que se acompañan, SOLICITA tener por presentado reclamo judicial en contra de la Resolución N° 479, de fecha 6 de septiembre de 2019, que se pronunció sobre solicitud de Reconsideración de Multa Administrativa Nº7749/2019/12, cursada por el fiscalizador Diego Fernando Riveros Umaña, de la Inspección comunal del Trabajo de Viña del Mar, a mi representada SEGURIDAD Y SERVICIOS FEDERAL CORP S.A., y acogerlo en todas sus partes, dejando sin efecto la multa cursada, o en subsidio, se rebaje ésta a la suma que se estime más ajustada al mérito de los antecedentes, con costas. TERCERO: Que, en su contestación, SUSANA GARCÍA BRAVO, Abogada, en representación judicial del Inspector Comunal del Trabajo de Viña del Mar, expone los siguientes argumentos. Que el día 22 de abril de 2019, se generó en la Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar la comisión N° 0513/2019/77, a propósito de denuncia que se efectuara en la Inspección del Trabajo de Valparaíso por parte de un trabajador de la empresa reclamante y quien hizo referencia a temas relacionados con su jornada de trabajo y descansos. Dicha denuncia se efectuó con carácter de confidencial. La comisión fue asignada al Inspector del Trabajo, don Diego Riveros Umaña, quien efectuó visita inspectiva al domicilio indicado en su denuncia, esto es, Carretera F 30 E, KM. 35, Puchuncavi. En dicho lugar se entrevistó con Luis Valdés Olave, supervisor de contrato. A dicha persona se le entregó el formulario F I-1 correspondiente a la notificación de inicio de procedimiento de fiscalización. El señor Valdés Olave se negó a leer el formulario y a suscribirlo, mientras no se le entregase el nombre del trabajador que había efectuado la denuncia. El funcionario actuante le sugirió al señor Valdés Olave que llamase al departame
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que el 16 de agosto del presente año, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, se llevó a efecto audiencia de juicio en los autos RUC 19-4-0229203-5, RIT I-247-2019, juicio iniciado por demanda de reclamación de resolución de multa, interpuesta por el abogado RODOLFO GALLEGUILLOS RODRÍGUEZ, en representación de la empresa SEGURIDAD Y SERVICIOS FEDERAL CORP S.A., sociedad comercial del giro de su denominación, R.U.T.: 76.060.066-0, cuyo representante legal es don SIDNEY ARTURO DARIO GUNTHER DEFORMES, ambos domiciliados en 8 Norte N° 310, oficina 34, comuna de Viña del Mar, en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar, domiciliada en calle 3 Norte n° 858, Viña del Mar. SEGUNDO: Que, la reclamación se interpone, en virtud de lo dispuesto en los artículos 511 y 512 del Código del Trabajo, solicitando se deje sin efecto en todas sus partes, o en subsidio se rebaje la multa aplicada, respecto de la resolución N°479, resolución que se pronuncia rechazando íntegramente la solicitud de Reconsideración de Multa Administrativa Nº7749/2019/12, cursada por el fiscalizador de su jurisdicción Diego Fernando Riveros Umaña N°1736/20/6 de fecha 26 de mayo de 2020, en virtud de los siguientes argumentos, que se detallan a continuación. Con fecha 05 de agosto de 2019, SEGURIDAD Y SERVICIOS FEDERAL CORP S.A. solicitó la reconsideración administrativa de la multa N° 7749/19/12, dicha multa fue cursada por la cantidad de 20 IMM. La resolución N°479, de fecha 6 de septiembre de 2019, que se reclama, no acoge sus fundamentos respecto que el fiscalizador habría incurrido en error de hecho manteniendo el monto de 20 IMM. La multa que se reconsideró administrativamente indica en su tipificación lo siguiente: “DIFICULTAR SIN MOTIVO JUSTIFICADO LA FISCALIZACIÓN DE FECHA 08/05/2019, A LAS 15:14 HORAS, AL NO TRATAR PERSONALMENTE CON LOS INSPECTORES LOS PROBLEMAS A SOLUCIONAR DURANTE EL COMETIDO. SE PROCEDE A COMPLETAR EL FORMULARIO FI/1, (INICIO DE FISCALIZACION), SE INFORMA AL SR. OLVAE EL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACION CON LA EXHIBICION DE LA RESPECTIVA CREDENCIAL, EL SR. LUIS VALDES OLAVE, QUIEN TIENE EL CARGO DE SUPERVISOR DEL CONTRATO, PROPORCIONA SU NOMBRE, RUT Y CARGO QUE OSTENTA. EL SR. VALDES SE NIEGA A LEER Y FIRMAR EL FORMULARIO DE INICIO DE FISCALIZACION, INDICANDO QUE NO VA A LEER NI FIRMAR EL DOCUMENTO HASTA QUE SE LE INFORME QUE TRABAJADOR HIZO LA DENUNCIA, SE LE VUELVE A INFORMAR EN QUE CONSISTE EL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACION, INSITE EN SU POSTURA, EL SUCRITO LE SUGIERE QUE LLAME AL DEPARTAMENTO DE PERSONAL DE SU EMPRESA PARA QUE LE INFORME QUE LA EMPRESA ESTA SIENDO FISCALIZADA Y QUE LE INDIQUEN LOS PROCEDIMIENTOS. NO OBSTANTE A LO SUGERIDO POR EL SUSCRITO, EL SR. VALDES MANTIENE SU POSTURA Y VUELVE A INSISTIR EN SU POSTURA, QUE NO INFORMARA NADA HASTA QUE LE INDIQUE QUE TRABAJADOR HIZO LA DENUNCIA.”. El fiscalizador señala como infringidos los artículos 11 y artículo 506 del Código del Trabajo. Los
Fallo
POR TANTO En mérito de las razones expuestas y en virtud de lo dispuesto en los artículos 496 Y 503 y demás pertinentes del Código del Trabajo, y en conformidad con los antecedentes que se acompañan, SOLICITA tener por presentado reclamo judicial en contra de la Resolución N° 479, de fecha 6 de septiembre de 2019, que se pronunció sobre solicitud de Reconsideración de Multa Administrativa Nº7749/2019/12, cursada por el fiscalizador Diego Fernando Riveros Umaña, de la Inspección comunal del Trabajo de Viña del Mar, a mi representada SEGURIDAD Y SERVICIOS FEDERAL CORP S.A., y acogerlo en todas sus partes, dejando sin efecto la multa cursada, o en subsidio, se rebaje ésta a la suma que se estime más ajustada al mérito de los antecedentes, con costas. TERCERO: Que, en su contestación, SUSANA GARCÍA BRAVO, Abogada, en representación judicial del Inspector Comunal del Trabajo de Viña del Mar, expone los siguientes argumentos. Que el día 22 de abril de 2019, se generó en la Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar la comisión N° 0513/2019/77, a propósito de denuncia que se efectuara en la Inspección del Trabajo de Valparaíso por parte de un trabajador de la empresa reclamante y quien hizo referencia a temas relacionados con su jornada de trabajo y descansos. Dicha denuncia se efectuó con carácter de confidencial. La comisión fue asignada al Inspector del Trabajo, don Diego Riveros Umaña, quien efectuó visita inspectiva al domicilio indicado en su denuncia, esto es, Carretera
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PROCEDIMIENTO: Aplicación general. MATERIA: Reclamación. DEMANDANTE: SEGURIDAD Y SERVICIOS FEDERAL CORP S.A. DEMANDADO: INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE VIÑA DEL MAR. RUC: 19-4-0229203-5 RIT: _____________________________________/ Valparaíso a dos de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que el 16 de agosto del presente año, ante este Juzgado de Letras del Tra
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