28º Juzgado Civil de Santiago

BARRERA/I. MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL

Rol

C-32054-2019

Fecha

17 de marzo de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 7 de noviembre de 2019 comparece Florencia del Rosario Barrera Figueroa, trabajadora dependiente, domiciliada en Castor N°264, comuna de Pudahuel y expone: Que viene en deducir demanda ordinaria de declaración de prescripción extintiva de la acción para el cobro de derechos de aseo, en contra de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel, representada por su Alcalde don Johnny Carrasco Cerda, ambos domiciliados en calle San Pablo N°8444. Funda su acción en que es dueña del inmueble ubicado en Castor N264, comuna de Pudahuel, Rol de Avalúo 211-14, que mantiene una deuda con la Municipalidad demandada por concepto de derechos de aseo domiciliario por el período comprendido entre el 15 de mayo de 2001 y el 18 de mayo de 2005, ambos incluidos, por un total de $477.438.- Señala que en el caso de autos las acciones que el municipio pudiera intentar por el periodo ya indicado, se encuentran prescritas. Agrega que la prescripción es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los demás requisitos legales. Dice que, las acciones tendientes a obtener el pago se encuentran prescritas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2492, 2497, 2512, 2514 y 2515 del Código Civil. Por lo expuesto y normas legales citadas pide se declare la prescripción de las acciones destinadas a obtener el pago de la deuda por concepto de derecho de aseo domiciliario de su propiedad de Castor N°264, comuna de Pudahuel, Rol de Avalúo 211-14, comuna de Pudahuel, por el período comprendido entre el 15 de mayo de 2001 y el 18 de mayo de 2005, ambos incluidos. Con fecha 23 de enero de 2020 la I. Municipalidad de Pudahuel representada por el abogado Misael Andrade Vega, contestó la demanda, señalando que respecto de las acciones para el cobro de derechos municipales, C-32054-2019 Foja: 1 esto es, de prestaciones que deben ser pagadas a las municipalidades por las personas naturales o

Fallo

Por lo expuesto y normas legales citadas pide se declare la prescripción de las acciones destinadas a obtener el pago de la deuda por concepto de derecho de aseo domiciliario de su propiedad de Castor N°264, comuna de Pudahuel, Rol de Avalúo 211-14, comuna de Pudahuel, por el período comprendido entre el 15 de mayo de 2001 y el 18 de mayo de 2005, ambos incluidos. Con fecha 23 de enero de 2020 la I. Municipalidad de Pudahuel representada por el abogado Misael Andrade Vega, contestó la demanda, señalando que respecto de las acciones para el cobro de derechos municipales, C-32054-2019 Foja: 1 esto es, de prestaciones que deben ser pagadas a las municipalidades por las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, que obtengan de la administración local una concesión o permiso o que reciban un servicio, no existe una norma expresa que regule la prescripción de tales derechos, por lo que únicamente resultan aplicables las normas de carácter general, esto es, el artículo 2515 del Código Civil, según el cual el plazo de prescripción de estas acciones de cobro es de 5 años, por lo que se allana en todas su partes a la demanda contraria respecto de los derechos de aseo del inmueble ubicado en Castor N°264, comuna de Pudahuel, por el período comprendido entre el año 2001 al año 2005, ambos inclusive. Con fecha 2 de marzo de 2020 atendido el allanamiento a la demanda de la demandada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil,

Texto Completo (Preview)

C-32054-2019 Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-32054-2019 CARATULADO : BARRERA/I. MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL Santiago, dieciocho de Marzo de dos mil veinte VISTOS: Con fecha 7 de noviembre de 2019 comparece Florencia del Rosario Barrera Figueroa, trabajadora dependiente, domiciliada en Castor N°264, comuna de Pudahuel y expo

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