Juzgado de Familia Quilpue

ANONIMIZADO

Rol

C-1009-2022

Fecha

4 de enero de 2023

Materia

DIVORCIO DE COMUN ACUERDO

Resultado

No especificado

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Hechos

Quilpué, cuatro de enero de dos mil veintitrés. A LO PRINCIPAL, PRIMER, SEGUNDO y TERCER OTROSÍ: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL CUARTO OTROSÍ: Como se pide a la forma especial de notificación. AL QUINTO OTROSÍ: Téngase presente personería y patrocinio y poder. Quilpué, cuatro de enero de dos mil veintitrés.

Fundamentos

Considerando: 1° Que comparecen don Lucas y doña Sayen, solicitando se declare terminado por divorcio de mutuo acuerdo su matrimonio. Fundamentando su acción, exponen, en lo medular, que contrajeron matrimonio el 02 de...

Texto Completo (Preview)

Quilpué, cuatro de enero de dos mil veintitrés. A LO PRINCIPAL, PRIMER, SEGUNDO y TERCER OTROSÍ: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL CUARTO OTROSÍ: Como se pide a la forma especial de notificación. AL QUINTO OTROSÍ: Téngase presen

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