MINISTERIO PÚBLICO C/ CÉSAR ALEJANDRO BLANCO BARRA
Rol
O-522-2022
Fecha
6 de septiembre de 2022
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos establecidos: Se tuvo por acreditado que, don Cesar Alejandro Blanco Barra, cédula nacional de identidad Nº 19.479.424-K, domiciliado en sector Nancahue, comunidad Ancapulli, de la comuna de Loncoche, 25 años, ayudante de maestro de la construcción, chileno, soltero. Incurrió en los siguientes hechos: El día 14 de julio de 2022, alrededor de las 14:15 horas, en la intersección de Barros Arana con Ignacio Serrano de la comuna de Loncoche, en donde transeúntes dan aviso a personal policial acerca de un sujeto de parka ploma, amenazando y molestando a transeúntes, portando un cuchillo en la vía pública. Posteriormente, carabineros llega a la mencionada intersección encontrando al requerido y un cuchillo de marca Tramontina, largo total de 16 centímetros, que guardaba en el bolillo izquierdo de su chaqueta gris, quien no detentaba autorización para su porte. Parte resolutiva: Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 3, 7, 11 Nº 9, 15, 21, 30, 49, 50, 59, 61, 62, 67, 70 y 288 bis del código penal; artículos 36, 45, 295, 297, 340, 342, 343, 348, 388 y siguientes del código procesal penal, se resuelve: I.- Que se condena a don Cesar Alejandro Blanco Barra, cédula nacional de identidad Nº 19.479.424-K, ya individualizado, como autor, en grado de consumado, del delito de porte ilegal de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el articulo 288 bis del codigo penal, hecho cometido el día 14 de julio del año 2022, en la comuna de Loncoche, a la pena de multa, ascendiente a un tercio de unidad tributaria mensual, a beneficio fiscal. En cuanto al cumplimiento de la sanción pecuniaria, se sustituirá por un día de reclusión, dándose por cumplida con el mérito del tiempo que ha estado privado de libertad con motivo de esta causa, esto es, desde el día 05 de septiembre de 2022 al 06 de septiembre de 2022.- II.- Que se decreta el comiso del instrumento del delito, consistente en un cuchillo marca Tramontina, de 16 centímet
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 3, 7, 11 Nº 9, 15, 21, 30, 49, 50, 59, 61, 62, 67, 70 y 288 bis del código penal; artículos 36, 45, 295, 297, 340, 342, 343, 348, 388 y siguientes del código procesal penal, se resuelve: I.- Que se condena a don Cesar Alejandro Blanco Barra, cédula nacional de identidad Nº 19.479.424-K, ya individualizado, como autor, en grado de consumado, del delito de porte ilegal de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el articulo 288 bis del codigo penal, hecho cometido el día 14 de julio del año 2022, en la comuna de Loncoche, a la pena de multa, ascendiente a un tercio de unidad tributaria mensual, a beneficio fiscal. En cuanto al cumplimiento de la sanción pecuniaria, se sustituirá por un día de reclusión, dándose por cumplida con el mérito del tiempo que ha estado privado de libertad con motivo de esta causa, esto es, desde el día 05 de septiembre de 2022 al 06 de septiembre de 2022.- II.- Que se decreta el comiso del instrumento del delito, consistente en un cuchillo marca Tramontina, de 16 centímetros, que se encuentra en poder del ministerio publico, autorizandose a su destrucción. III.- Que no se condena en costas al sentenciado por haber sido representado por la defensoría penal pública. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Código: EHXEXBHNXVG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Transcurrido el térm
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Loncoche, seis de septiembre de dos mil veintidós. Conforme al artículo 62, inciso 3º, del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. Los hechos establecidos: Se tuvo por acreditado que, don Cesar Alejandro Blanco Barra, cédula nacional de identidad Nº 19.479.424-K, domiciliado en sector Nancahue, comunidad Ancapulli, de la co
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