1º Juzgado de Letras de Puerto Varas

MEDINA/EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS CHECKUP

Rol

M-21-2021

Fecha

31 de agosto de 2021

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS CONFORMES X · HECHOS CONTROVERTIDOS X · OFRECIMIENTO DE PRUEBA X · OBSERVACIONES X · DICTACIÓN DE SENTENCIA X Se deja constancia que atendido al cese temporal de la atención presencial de público, establecido mediante Decreto Económico N.° 84 de 25 de marzo de 2020, producto la pandemia mundial decretada por la OMS, la alerta sanitaria y el estado constitucional de catástrofe esta audiencia se lleva a efecto vía remota, a través de la plataforma zoom. Las partes expresamente han señalado a renunciar a cualquier alegación de nulidad que pudiere alegarse debido a la realización de la presente audiencia vía zoom. El Tribunal efectúa una relación de la demanda. La demandada compareciente contesta la demanda. El Tribunal confiere traslado a la parte demandante de la excepción de falta de legitimidad pasiva, quien evacua solicitando su rechazo, en los términos que constan en audio. El Tribunal efectúa el llamado a conciliación, el cual prospera en los siguientes términos, respecto a la demandada Cencosud S.A.: 1.- Que la parte demandada Cencosud S.A., con el solo objeto de poner término al presente juicio, prevenir juicios futuros y sin reconocer los hechos señalados en la demanda, viene en ofrecer a la demandante la suma única y total de $1.900.000 de pesos, pagaderos mediante transferencia a la cuenta corriente del Banco Santander a nombre del abogado demandante don Jorge Lena Salgado, cédula de identidad N°15.371.915-2, email: ngonzalez@lenaycia.cl, N° de cuenta es el 62331070, pago que se realizará en una sola cuota, el día 30 de septiembre de 2021, en la antedicha cuenta corriente. 2.- La demandante, con el objetivo de poner término al juicio y cualquier otro que pudiere derivar del vínculo jurídico que han puesto en conocimiento de este Tribunal a través de sus escritos, acepta este ofrecimiento, sin aceptar los hechos contenidos en la contestación de la demanda. 3.- Una vez concluido el pago de la suma expuesta en la cláus

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que en la presente causa Rit M-21-2021, en virtud del desistimiento manifestado en audiencia, sólo ha quedado como acción en contra de la demandada principal EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS CHECKUP SpA, la de nulidad del despido, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 453 del Código del Trabajo, estimando que no existen hechos controvertidos, y del mérito de la prueba acompañada que consta en el proceso, se dará lugar a dicha acción. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 4, 7, 59, 41, 63, 63 bis, 67,68, 73, 159, 161, 162, 163, 168, 177, 420, 423, 425, 446, 453, 496 y demás pertinentes del Código del Trabajo,

Fallo

se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda por nulidad de despido, interpuesta el 18 de junio de 2021, por don Paul Marcelo Medina Carrillo, Run N.° 19.763.174-0, domiciliado en Pasaje Valenzuela N° 276, Alerce Norte, comuna de Puerto Montt, en contra de EST SpA denominada EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS CHECKUP SpA, del giro de su denominación, representada legalmente por don Pablo Alexis Albornoz Hormazábal, ignoro profesión u oficio, ambos domiciliados en Huérfanos N°1055, Oficina 503, Comuna De Santiago, declarándose en consecuencia: Que el despido de que fue objeto don Paul Marcelo Medina Carrillo, con fecha 30 de abril de 2021, no ha producido el efecto de poner término al contrato de trabajo al no haberse integrado las cotizaciones previsionales devengadas conforme al inciso quinto del art. 162 del Código del Trabajo ni constar la convalidación del despido en la forma señalada al inciso sexto del artículo citado, debiendo cancelar las siguientes cotizaciones de seguridad pendientes: de A.F.P. PLAN VITAL: de Febrero a diciembre de 2019. Enero a diciembre de 2020 y enero a abril de 2021; de A.F.C Chile: de Febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, de 2019; Enero a diciembre de 2020 y enero a abril de 2021; de FONASA: de Febrero, marzo, abril, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre de 2019; enero, febrero, marzo, abril, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre de 2020; enero a abril de 2021; y las remune

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA: CONCILIACIÓN PARCIAL Y SENTENCIA. FECHA Treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno. RUC 21-4-0341098-2 RIT M-12-2021 MAGISTRADO LORENA LEMUNAO AGUILAR ADMINISTRATIVO DE ACTAS JRA HORA DE INICIO 09:15 HORA DE TERMINO 10:00 Nº REGISTRO DE AUDIO 21-4-0341098-2-238 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE PAUL MARCELO MEDINA CARRILLO, Run. 19.763.174-0 ABOGADA COM

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