CABRERA/TESORERIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Rol
C-556-2019
Fecha
14 de marzo de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1 con fecha 28 de enero de 2019, comparece do a ñ MALIK VERONICA CABRERA CARRILLO, transportista, con domicilio Pasaje Valle Delmelado N°1014, Villa Los Notros, Temuco; e interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n extintiva de deuda fiscal, rectificada al folio 10, en contraó de TESORER A GENERAL DE LA REP BLICAÍ Ú , representada por la abogado provincial, do a Claudia Guajardo Arriagada, ambos domiciliados en calle Claroñ Solar N°885, piso 1, de Temuco; solicita tener por interpuesta demanda ordinaria de prescripci n extintiva de la deuda fiscal y en definitiva hacer lugar a ellaó declarando que se encuentran extinguidas, por haber prescrito la acci n del Fiscoó para perseguir su cobro, que la Tesorer a í deber eliminar la deuda asociada al RUTá 10.918.157-9 dentro de tercero d a de ejecutoriada que sea la sentencia que as loí í disponga, bajo los apercibimientos legales, m s las costas de la causa en el eventoá de oponerse a la acci n deducida.ó Funda su demanda en que es deudora del Fisco de Chile, seg n certificadoú de deuda emitido por la Tesorer a General de la Rep blica de fecha 3 deí ú septiembre de 2018, en donde se indica que mantiene una deuda morosa en dicha instituci n ascendente a la suma de $69.704.502.ó Expresa que dicha deuda tiene como antecedente fechas de vencimiento entre el 12 de febrero de 2001 y el 12 de julio de 2004. Agrega que el monto de la deuda se ve incrementado por sendos reajustes, intereses y multas, llegando a la elevada suma antes se alada.ñ As las cosas, se ala que se puede advertir a simple vista que, al d a de hoy,í ñ í los montos adeudados por todos los conceptos antes se alados se encuentranñ prescritos, as como la acci n para cobrarlos. De esta manera por aplicaci n de lasí ó ó normas que regulan la instituci n de la prescripci n, as debe ser declarado.ó ó í Indica que es importante se alar que el C digo Tributario en su art culo 196ñ ó í N°7 inciso segundo, en lo referente a lo incobrabilidad, se
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la actora acompa a al folio 1 y 42 certificado de deuda deñ Tesorer a General de la Rep blica emitido el 03 de septiembre de 2018, seg ní ú ú formularios 21, con 21 folios que detalla, con fechas de vencimiento los 12 de febrero de los a os 2001 a 2004, que refiere una deuda total con intereses deñ $69.704.502. SEGUNDO: Que la demandada comparece con fecha 21 de enero de 2020aal folio 37 y acompa a ñ a. Expediente administrativo de cobranza judicial Rol N°513-2006, Temuco; correspondiendo a la ejecutada Malik Ver nica Cabreraó Carrillo, constando cobranza de deudas morosas por el periodo de febrero desde el a o 2002 al 2005, en el que consta notificaci n y requerimiento el 16 de mayo deñ ó 2006, constando embargo el 17 de mayo de 2006 y luego resoluci n de fecha 21ó de marzo de 2012 donde
Fallo
se declara extempor nea la prescripci n opuesta por elá ó ejecutado; b. Expediente administrativo de cobranza judicial Rol N°561-2007, Temuco correspondiendo a la ejecutada Malik Ver nica Cabrera Carrillo, constandoó cobranza de deudas morosas por el periodo de febrero desde el a o 2003 al 2004,ñ en el que consta notificaci n y requerimiento el 30 de enero de 2008, constandoó embargo el 01 de febrero de 2008 y luego resoluci n de fecha 21 de marzo deó 2012 donde se declara extempor nea la prescripci n opuesta por el ejecutado; á ó c. Sentencia causa rol 170-2017 de la Ilustr sima Corte de Apelaciones de Santiago yí d. Sentencia causa rol 100745-2016 de la Excelent sima Corte Suprema.í TERCERO: Que la actora interpone acci n de prescripci n extintiva, a finó ó de que el Tribunal declare la prescripci n extintiva de la acci n de cobro de losó ó montos singularizados e indicados en el cuerpo principal de su presentaci nó contenidas en el formulario 21, respecto del per odo que va desde 12 de febreroí de 2001 y el 12 de julio de 2004, que adeuda el actor y cuyo titular es la demandada como se ha reconocido por las partes deuda que a septiembre de 2018 asciende a $69.704.502. CUARTO: Que el art culo 200 del C digo Tributario, faculta al Servicio deí ó Impuestos Internos para liquidar un impuesto dentro de los tres a os contados desdeñ la expiraci n del plazo legal en que debi efectuarse el pago; y luego el art culoó ó í 201 inciso primero del mismo cuerpo legal, establece que en
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Rol C-556-2019 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : C-556-2019 CARATULADO : CABRERA/TESORERIA GENERAL DE LA REP BLICAÚ Temuco, catorce de marzo de dos mil veinte. VISTOS: Al folio 1 con fecha 28 de enero de 2019, comparece do a ñ MALIK VERONICA CABRERA CARRILLO, transportista, con domicilio Pasaje Valle Delmelado N°1014, Villa Los Notros, Temuco; e inte
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