BRAVO/GARCIA
Rol
C-428-2020
Fecha
14 de marzo de 2020
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1 con fecha 27 de enero de 2020, comparece don Luis Mencarini Voiser, en representaci n de do a ó ñ MARIANELA ANDREA BRAVO NAVARRETE, comerciante, ambos domiciliados en calle Vicu a Mackennañ N°055, de Temuco, y deduce demanda en juicio de terminaci n de contrato deó arrendamiento por no pago de rentas en contra de do a ñ KAREN MELISSA GARCIA ACHA, ignora profesi n u oficio, domiciliada en calle Palacio deó Aranjuez N°238 de Temuco y pide que se practiquen las reconvenciones legales que correspondan, la primera al notificarle la demanda y la segunda en la audiencia de estilo y, en definitiva, declarar terminado el contrato de arrendamiento; que la demandada debe pagar las rentas adeudadas desde el mes de noviembre de 2019 a enero de 2020 y las que se devenguen durante la tramitaci n del juicio, hasta que se efect e la restituci n o las que determine eló ú ó Tribunal; que debe restituir la propiedad dada en arrendamiento dentro de tercero d a desde que el fallo cause ejecutoria o en el plazo que el Tribunal determine,í bajo apercibimiento de lanzamiento con la fuerza p blica; todo con costas de laú causa. Funda su demanda en que con fecha 15 de octubre de 2019, su representada celebr contrato de arrendamiento con la demandada respecto de laó propiedad ubicada en calle Palacio de Aranjuez N° 238 de Temuco, por la renta mensual de 23,4 unidades de fomento, pagadera los d as 15 de cada mes en laí modalidad mes anticipado. Se ala que al momento de la suscripci n del contrato señ ó pag por la arrendataria un mes de renta y un mes de garant a.ó í Agrega que la demandada se encuentra en mora del pago de la renta correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2019 y enero de 2020 (devengadas los d as 15 de los meses se alados), por lo que adeuda la suma ení ñ dinero equivalente a 70,2 unidades de fomento, la cual deber pagar agreg ndoseá á por cierto las rentas que se devenguen durante la tramitaci n del juicio hasta laó entrega de la propiedad. A
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que del escrito de demanda, la contestaci n y demandaó reconvencional, se advierte que no existe discusi n sobre el siguiente hecho, el queó se tiene como cierto y/o efectivo: a) Que con fecha 15 de octubre de 2019 las partes celebraron un contrato de arriendo respecto del inmueble ubicado en calle Rol C-428-2020 Palacio de Aranjuez N°238 de Temuco, por una renta mensual de 23,4 U.F; b) Que la demandada adeuda la renta del mes de enero de 2020. SEGUNDO: Que con el objeto de acreditar los fundamentos de su acci nó la demandante rinde prueba DOCUMENTAL, legalmente acompa ados y noñ objetados por la contraria, consistente en: Al folio 3: Copia de contrato de arrendamiento con firmas autorizadas por el Notario P blico Carlos Alarc nú ó Ram rez, de fecha 15 de octubre de 2019, en el que consta que la actora da ení arrendamiento a la demandada la casa habitaci n ubicada en calle Palacio deó Aranjuez N°238, Temuco, por la suma de $23.4 UF pagaderos los d as 15 deí cada mes, por un a o renovable autom ticamente por el mismo per odo, indic ndoseñ á í á que la propiedad se destina a casa habitaci n.ó TERCERO: Que por su parte la demandada y demandante reconvencional rindi la siguiente prueba ó DOCUMENTAL, legalmente acompa ada y sin objeci nñ ó de la contraria consistente en: Al folio 14: a) Boleta de dep sito del Bancoó Santander de fecha 17 de octubre de 2019 por la suma de $640.000 a cuenta N° 37334676 a nombre de Marianela Bravo; b) Comprobante de transferencia electr nica de fecha 22 de noviembre de 2019 por la suma de $640.000 a cuentaó N°3734676 a nombre de Marianela Bravo; c) Cup n de pago por un monto deó $18.800 de fecha 30 de enero de 2020; d) Boleta Caja vecina de fecha 30 de enero de 2020 por la suma de $18.800; e) Boleta electr nica de Intergas de fechaó 10 de diciembre de 2019 por la suma de $61.100 del inmueble arrendado con el comprobante de pago por la suma de $65.890; f) Boleta electr nica de Aguasó Araucan aí con vencimiento el 07 de enero de 2020 por la suma de $41.750 del inmueble arrendado con el comprobante de caja vecina de pago de servicios por la suma de $41.750 de fecha 30 de enero de 2020; g) Comprobante de pago en l nea de CGE por la suma de $53.900.í Adem s acompa a prueba de audios en un CD, por lo que se rindeá ñ audiencia de PERCEPCION DOCUMENTAL con fecha 03 de marzo de 2020 al folio 28, en la que se procede a escuchar dos audios: en el primero escucha una voz de hombre y la voz de una mujer, los cuales conversan acerca del pago de los meses de arriendo a consecuencia de la notificaci n de la demanda. La mujeró denominada Melisa se ala que ha pagado 3 arriendos, mientras que el hombre leñ se ala que converse con los abogados, asimismo el hombre le dice que un pago fueñ tomado como mes de garant a la mujer reconoce que debe la garant a.í í El segundo de los audios tiene una duraci n de un minuto con 42 segundos,ó se escucha una voz de hombre y la voz de una mujer. ste comienza porque laÉ mujer recib
Fallo
fallo cause ejecutoria o en el plazo que el Tribunal determine,í bajo apercibimiento de lanzamiento con la fuerza p blica; todo con costas de laú causa. Funda su demanda en que con fecha 15 de octubre de 2019, su representada celebr contrato de arrendamiento con la demandada respecto de laó propiedad ubicada en calle Palacio de Aranjuez N° 238 de Temuco, por la renta mensual de 23,4 unidades de fomento, pagadera los d as 15 de cada mes en laí modalidad mes anticipado. Se ala que al momento de la suscripci n del contrato señ ó pag por la arrendataria un mes de renta y un mes de garant a.ó í Agrega que la demandada se encuentra en mora del pago de la renta correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2019 y enero de 2020 (devengadas los d as 15 de los meses se alados), por lo que adeuda la suma ení ñ dinero equivalente a 70,2 unidades de fomento, la cual deber pagar agreg ndoseá á por cierto las rentas que se devenguen durante la tramitaci n del juicio hasta laó entrega de la propiedad. Al folio 6, con fecha 05 de febrero de 2020, se notific personalmente a laó demandada de la acci n deducida en su contra, practic ndose la primeraó á reconvenci n de pago sin resultados.ó Al folio 16 con fecha 11 de febrero de 2020, se llev a efecto eló comparendo de estilo, con la asistencia del apoderado de la demandante y de la demandada. La demandante ratific la demanda; y el apoderado del demandadoó contest la demanda mediante minuta escrita subida al folio 12, pidiendo el rech
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Rol C-428-2020 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : C-428-2020 CARATULADO : BRAVO/GARCIA Temuco, catorce de marzo de dos mil veinte. VISTOS: Al folio 1 con fecha 27 de enero de 2020, comparece don Luis Mencarini Voiser, en representaci n de do a ó ñ MARIANELA ANDREA BRAVO NAVARRETE, comerciante, ambos domiciliados en calle Vicu a Mackennañ N°055, de Tem
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