MUÑOZ/MUNICIPALIDAD DE CONCON
Rol
C-993-2019
Fecha
13 de marzo de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 25 de febrero de 2019, comparece do a ñ Marta Mu oz Riverosñ , pensionada, domiciliada en pasaje Agust n Vial N°181, poblaci n RPC, comuna deí ó Conc n, quien interpone en juicio ordinario de menor cuant a, demanda deó í declaraci n de prescripci n de la acci n de cobro de derechos de aseosó ó ó domiciliarios, en contra de la Ilustre Municipalidad de Conc nó , Corporaci nó Aut noma de Derecho P blico, con domicilio en Avenida Santa Laura N° 567,ó ú Conc n, cuyo representante legal es su Alcalde don scar Sumonte Gonz lez oó Ó á quien ejerza actualmente dicho cargo, solicitando en definitiva declarar que se encuentra prescrita la acci n para el cobro de los derechos de aseo domiciliario yó la deuda por dicho concepto desde el a o 2001, hasta diciembre de 2015, sobre suñ propiedad ubicada actualmente en Lote 13 Manzana B, Pasaje Agust n Vial N°í 181, comuna de Conc n, inscrita a su nombre a fojas 8551 vuelta, n mero 8956ó ú del Registro de Propiedad del a o 1992 del Conservador de Bienes Ra ces de Vi añ í ñ del Mar. Con fecha 19 de julio de 2019 se tiene por contestada la demanda, en rebeld a de la parte demandada. í Con fecha 07 de agosto de 2019 se llev a efecto la audiencia deó conciliaci n, con asistencia de la abogada de la parte demandante, do a Javieraó ñ Barr a Larra n, y del abogado de la parte demandada don Gonzalo Aracenaí í Marciel. Llamadas las partes a conciliaci n, esta se produce parcialmente, en eló sentido que la parte demandada se allana a la prescripci n de la acci n de cobroó ó de derechos de aseos domiciliarios desde el a o 2001 hasta el 31 de mayo de 2014.ñ Con fecha 09 de agosto de 2019 se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 13 de julio de 2018 se cit a las partes a o r sentencia. ó í
Fundamentos
Considerando: Primero: Demanda. Con fecha 25 de febrero de 2019, comparece do añ Marta Mu oz Riverosñ , quien interpone en juicio ordinario de menor cuant a,í demanda de declaraci n de prescripci n de la acci n de cobro de derechos de aseosó ó ó domiciliarios, en contra de la Ilustre Municipalidad de Conc nó , todos ya individualizados, por los siguientes argumentos: I.- Antecedentes de Hecho. Explica que es due a de la nuda propiedad del inmueble que corresponde alñ Lote 13 Manzana B, Pasaje Agust n Vial N° 181, comuna de Conc n, inscrita aí ó su nombre a fojas 8551 vuelta, n mero 8956 del Registro de Propiedad del a oú ñ 1992 del Conservador de Bienes Ra ces de Vi a del Mar.í ñ Se ala queñ creyendo que su inmueble est exento del pago de derechos deá aseo domiciliario, solicit un certificado de no deuda de Derechos de Aseo y luegoó de obtenerlo, conoci sorpresivamente de que existe una deuda por derechos deó aseo desde el a o 2001, que al mes de diciembre de 2018 ascender a a la suma deñ í $976.613, deuda respecto de la cual la I. Municipalidad no ha intentado su cobro, habiendo transcurrido el plazo de prescripci n para intentarlo respecto de losó Derechos de Aseo devengados desde el a o 2001 hasta el mes de diciembre delñ 2015, ascendientes a la suma de $806.504. II.- Antecedentes de derecho. Expresa que el art culo 2514 del C digo Civil dispone que “la prescripci ní ó ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hecho exigible". Por su parte, el art culo 2515 incisoó í primero del referido cuerpo legal prescribe que “este tiempo es en general de tres a os para las acciones ejecutivas y de cinco para las ordinarias”. Por ltimo, elñ ú inciso primero del art culo 2521 dispone que “prescriben en tres a os las accionesí ñ a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos.” Indica que en consecuencia, la acci n que ten a la demandada para cobraró í los derechos de aseo devengados desde el a o 2001 hasta el mes de diciembre delñ 2015, han prescrito por haber transcurrido el plazo previsto por el C digo Civil.ó Sostiene que en cuanto al procedimiento aplicable, el art culo 698 del C digoí ó de Procedimiento Civil dispone que se aplicar el procedimiento de menor cuant aá í “a los juicios de m s de diez unidades tributarias mensuales, y que no pasen deá quinientas unidades tributarias mensuales, y que no tengan se alado en la ley unñ procedimiento especial, se someter n al procedimiento ordinario de que trata elá Libro II con las modificaciones siguientes.” De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto en las normas legales citadas, solicita tener por interpuesta demanda para la declaraci n de la prescripci n de laó ó acci n de cobro de los derechos de aseo domiciliario adeudados desde el a o 2001ó ñ hasta el mes de diciembre del a o 2015, en contra de la I.
Fallo
Por estas consideraciones, atendido lo dispuesto en los art culos 2515 delí C digo Civil, art culo 7 y 9 del D.L. N°3.063, art culos 144 y 698 del C digoó í í ó de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta con fecha 25 de febrero de 2019 por do a Marta de las Mercedes Mu oz Riveros en contra de lañ ñ Ilustre Municipalidad de Conc n, y se declaran prescritas las acciones para el cobroó de derechos de aseo, correspondientes al periodo entre el 31 de mayo de 2001 y el 31 de mayo de 2014, correspondiente a la propiedad ubicada en calle pasaje Agust n Vial N° 181, comuna de Conc ní ó , rechaz ndose la demanda en lo queá respecta al periodo entre el 31 de agosto del 2014 y el 31 de diciembre de 2018. II.- Que no se condena en costas a la demandada por no haberse solicitado, haberse allanado parcialmente a la demanda y no haber sido totalmente vencida. Reg strese electr nicamente, notif quese y arch vese si no se apelare.í ó í í Pronunciada por do a Gabriela Guajardo Aguilera, Jueza Titular delñ Primer Juzgado Civil de Vi a del Mar. ñ En Vi a del Marñ , a trece de Marzo de dos mil veinte , dejo constancia que se di cumplimiento con lo dispuesto en el art culo 162 del C digoó í ó de Procedimiento Civil. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido
Texto Completo (Preview)
FOJA: 36 .- Treinta y seis .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-993-2019 CARATULADO : MU OZ/MUNICIPALIDAD DE CONCONÑ Vi a del Marñ , trece de Marzo de dos mil veinte Vistos: Con fecha 25 de febrero de 2019, comparece do a ñ Marta Mu oz Riverosñ , pensionada, domiciliada en pasaje Agust n Vial N°181, poblaci n RPC, comuna deí ó Conc n, quien i
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