Juzgado de Letras y Garantía de Río Bueno.

JAIME FELIPE MUÑOZ RIOS C/ MARIO ENRIQUE LINCO GUENUPAN

Rol

O-875-2022

Fecha

1 de septiembre de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, la parte expositiva y considerativa de la causa RIT N° 875 2022 RUC N°2200451157-7, seguida en contra de MARIO ENRIQUE LINCO GUENUPAN RUN N° 0016182478-K se encuentra registrada en el audio N° 2200451157-7-227. Que, por las consideraciones expuestas y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 25 inciso 6to, 49, 50, 60, 70, 296 N° 399, 494 N° 5 del Código Penal, Ley 18.290, Ley 18.216; SE DECLARA: 1º QUE, se condena a don MARIO ENRIQUE LINCO GUENUPAN RUN N° 16182478-K a las siguientes penas: a) 541 días de presidio menor en su grado medio. b) Multa de 2 UTM c) A las accesorias legales del artículo 30 del Código Penal d) 5 años de Suspensión de la licencia de conducir, en modalidad no poder obtenerla y BGTXXBSJWPE Alejandra Isabel Osman Naoum Juez de garantía Fecha: 02/09/2022 19:41:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl e) Sin costas Por su responsabilidad como autor ejecutor del delito consumado de Conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir causando lesiones leves y daños; previsto y sancionado en los artículos 196 inciso primero, 110 inciso segundo y 209 inciso segundo de la Ley 18.290, hecho cometido en la comuna de Río Bueno, el día 08 de mayo de 2022. 2º Que, respecto de la pena privativa de libertad se decreta por vía sustitutiva Arresto Domiciliario Parcial Nocturno a cumplir en el domicilio del sentenciado, por igual tiempo de la pena impuesta, por darse respecto al imputado los requisitos del artículo 8° de la Ley

Fundamentos

fundamentos de lo resuelto. La presente acta se rige en conformidad al artículo 103 del título III del Auto Acordado N° 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema. BGTXXBSJWPE Alejandra Isabel Osman Naoum Juez de garantía Fecha: 02/09/2022 19:41:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-09-02T19:41:53-0400 Corte Suprema Alejandra Isabel Osman Naoum Verificación Legal

Fallo

SE DECLARA: 1º QUE, se condena a don MARIO ENRIQUE LINCO GUENUPAN RUN N° 16182478-K a las siguientes penas: a) 541 días de presidio menor en su grado medio. b) Multa de 2 UTM c) A las accesorias legales del artículo 30 del Código Penal d) 5 años de Suspensión de la licencia de conducir, en modalidad no poder obtenerla y BGTXXBSJWPE Alejandra Isabel Osman Naoum Juez de garantía Fecha: 02/09/2022 19:41:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl e) Sin costas Por su responsabilidad como autor ejecutor del delito consumado de Conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir causando lesiones leves y daños; previsto y sancionado en los artículos 196 inciso primero, 110 inciso segundo y 209 inciso segundo de la Ley 18.290, hecho cometido en la comuna de Río Bueno, el día 08 de mayo de 2022. 2º Que, respecto de la pena privativa de libertad se decreta por vía sustitutiva Arresto Domiciliario Parcial Nocturno a cumplir en el domicilio del sentenciado, por igual tiempo de la pena impuesta, por darse respecto al imputa

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Sentencia: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2200451157- 7 875-2022 CAUSA.: R.U.C=2200451 157-7 R.U.I.=875-2022 Fecha de deliberación 2022/09/01 RELACIONES .: LINCO GUENUPAN MARIO ENRIQUE / CONDUC.ES TADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESI Resultado Condenad o. Procedimiento Abreviado. Juez redactor ALEJANDR A ISABEL OSMAN NAOUM Sentencia Río Bueno, uno de septiembre de dos mil vein

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