ALEJANDRO MIGUEL HERNANDEZ CONTRERAS C/ MIRIAM VALESKA GONZÁLEZ FLORES
Rol
O-5829-2021
Fecha
30 de agosto de 2022
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día de enero del 2 2 , a las 5. horas aproximadamente, mientras la víctima Alejandro Miguel Hernández Contreras se encontraba en su domicilio ubicado en calle N° 5 5, condominio , block A, depto. , comuna de Peñalolén, sale al pasillo del edificio, en donde bota una planta de su vecina, la requerida MIRIAM VALESKA GONZÁLEZ FLORES, quien al darse cuenta lo amenaza de forma seria, grave y verosímil manifestando a viva voz “te voy a estar esperando con un arma y vamos a ver qué va a pasar”. Delito y grado de desarrollo AMENAZAS NO CONDICIONALES, descrito y sancionado en el art. 296 N° del Código Penal/ consumado Participación Autor. Artículo 5 Nº Código Penal SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a doña MIRIAM VALESKA GONZÁLEZ FLORES, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autora del delito consumado de AMENAZAS NO CONDICIONALES, descrito y sancionado en el art. 296 N° del Código Penal, presuntamente cometido el día de enero del 2 2 , en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: RXWDXBYJYFE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: RXWDXBYJYFE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-02T04:02:54-0400
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a doña MIRIAM VALESKA GONZÁLEZ FLORES, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autora del delito consumado de AMENAZAS NO CONDICIONALES, descrito y sancionado en el art. 296 N° del Código Penal, presuntamente cometido el día de enero del 2 2 , en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: RXWDXBYJYFE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: RXWDXBYJYFE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-02T04:02:54-0400
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL ° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : - RIT : - IMPUTADO : MIRIAM VALESKA GONZÁLEZ FLORES Cédula de Identidad : 7 877 -9 Fecha de nacimiento : 9 989 Domicilio : Calle CALLE Nº 5 5 BLOCK A, DEPTO 2, Peñalolen PROCEDIMIENTO : Juicio Oral Simplificado Fecha de sentencia : treinta de agosto de dos mil veintidós JUEZ : VERONICA ALEJANDRA SEPULVEDA BRIONES Hechos El día de enero del 2 2 , a l
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