SUSAN PAOLA GUTIERREZ NUÑEZ C/ HUMBERTO GERMÁN SALAS LARA
Rol
O-1988-2021
Fecha
31 de agosto de 2022
Materia
LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de HUMBERTO GERMAN SALAS LARA y BERNARDA ALICIA HARO TAPIA, quienes comparecen representados por la Defensoría Penal Pública, por los siguientes hechos: “Señala la denunciante, doña SUSAN PAOLA GUTIERREZ NUÑEZ, que el día 28-05-2021, siendo las 16:00 hrs., se encontraba con su hija SOLANGE ESTER ACOSTA GUTIERREZ y al sentir un fuerte ruido desde fuera de su domicilio ubicada en Rio Trancura N° 1952 de esta comuna, se pudieron percatar que había chocado su vehículo, que se encontraba fuera del domicilio estacionado, al consultar al vecino Humberto Salas Lara, por lo sucedido ya que fue este quien lo choco, este le indico que no le importaba y al contestarle la víctima que era igual a su hijo, la esposa de este Bernarda Haro Tapia, comenzó a agredirla a ella y a su hija, resultando Gutierrez Nuñez "eritema malar derecho, equimosis de app. 3 centímetros en la cara del muslo lateral derecho, equimosis de app. 2 centímetros en cara interna muslo derecho, equimosis de app. 3 centímetros en cara medial pierna izquierda", de carácter Código: XZXBXBQMVME Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl leve, en conformidad al DAU 0003830616 y Acosta Gutierrez lesiones: a raíz de lo anterior resulto con "escoriación superficial en la región supraciliar izquierda escoriaciones en ante brazo izquierdo escoriaciones en cara posterior brazo derecho", de carácter leve, en conformidad al DAU 0003830614. Ambos del Hospital de Peñablanca.” (La parte expositiva y considerativa de la sentencia, se encuentra íntegramente registrada en el audio de la audiencia) SEGUNDO: Atendido lo expuesto y desarrollado durante la audiencia de juicio oral simplificado, el Tribunal resuelve que en atención a la insuficiencia de la prueba rendida por el Ministerio Público, ya que no se presentó la prueba de cargo a declarar, lo que se encuentra registrado en el audio de la audiencia de juicio, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 340 y 297 del Código Procesal Penal. En definitiva, el Tribunal no cuenta con elementos de juicio necesarios para llegar a una convicción condenatoria, ya que nadie puede ser condenado sino cuando un Tribunal adquiera la convicción que ha cometido un hecho punible y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 340 del Código Procesal Penal, es que
Fallo
por estas consideraciones y según lo dispuesto en el artículo 297, 340, 396 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Que se absuelve a HUMBERTO GERMAN SALAS LARA y BERNARDA ALICIA HARO TAPIA. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar, especialmente por Código: XZXBXBQMVME Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl haber debido ejercer la acción penal en virtud de haber denunciado un presunto delito la víctima. III.- A partir de esta fecha quedan sin efecto las todas las medidas cautelares decretadas en contra de la encausada.- debiendo oficiar a quien corresponda informando que a contar de hoy quedan sin efecto. Archívese por afinada Resolvió don IGNACIO ANDRÉS ADANA JURI, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: XZXBXBQMVME Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-09-02T14:20:10-0400
Texto Completo (Preview)
C/ HUMBERTO GERMAN SALAS LARA y BERNARDA ALICIA HARO TAPIA. DELITO: LESIONES LEVES. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO. RUC N°2100518761-0. RIT N°1988-2021. Villa Alemana, treinta y uno de agosto de dos mil veintidós.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de HUMBERTO GERMAN SALAS LARA
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