4A COMISARIA CARABINEROS VICTORIA C/ CARLOS FERNANDO BLANC DÍAZ
Rol
O-559-2022
Fecha
25 de agosto de 2022
Materia
FINGIMIENTO DE CARGOS O PROFESIONES .ART. 213 INC. 2.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el Ministerio Público, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don CARLOS FERNANDO BLANC DÍAZ, cédula de identidad N° 16.579.977-1, ignoro profesión u oficio, domiciliado en calle Transit N° 628, Departamento 304, comuna de Estación Central, representado por el defensor particular don Claudio Mardones, solicitando como forma de notificación por intermedio del mismo a su correo electrónico, en su calidad de autor del ilícito de fingir funciones públicas, previsto y sancionado en el artículo 213 inciso segundo del Código Penal, en grado de desarrollo tentado, fundado en los siguientes hechos: “Que el día 23 de Julio del año 2022 alrededor de las 11:54 horas, personal de Carabineros se encontraba realizando controles vehiculares aleatorios en la ruta 5 sur, de sur a norte, a la altura del KM 610 aproximadamente, instantes en los que se procedió a la fiscalización del automóvil placa patente única GHTB 91 marca Hyundai modelo ELANTRA, el que era conducido por el imputado Carlos Fernando Blanc Díaz, el que indico al personal policial ser funcionario de Carabineros de Chile exhibiendo desde su celular una fotografía la cual correspondía a su TIP Card, tarjeta de identificación de personal de Carabineros de Chile, con el fin de evitar ser fiscalizado y controlado, señalando además “no me cague mi sargento”, situación que al ser consultada a la central de comando y control de carabineros con el fin de establecer la veracidad de sus dichos y corroborar si este era funcionario de Carabineros activo, se obtuvo como respuesta que este no registraba información como funcionario policial en los sistemas institucionales, toda vez que se encuentra dado de baja de la institución.” Los antecedentes que fundamentan el requerimiento son: 1.- Parte de Carabineros N° 926 de fecha 23 de Julio de 2022 de la 4° Comisaria de Carabineros de Victoria. 2.- Declaración de los funcionarios aprehensores, Freddy González Súber, Fern
Fundamentos
considerando que se cumplen con los requisitos para ello, considerando lo establecido en los artículos 1 y 7 de la ley 18.216. En cuanto a la pena pecuniaria, será convertida y se le tendrá por cumplida con el tiempo privado de libertad efectuando aplicación de lo establecido en los artículos 49 y siguientes del Código Penal. Todo con exención de costas.
Fallo
Por estas consideraciones, y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 14, 18, 21, 24, 25, 30, 49, 50, 67, 68, 69, 70, 213, todos del Código Penal; 45, 46, 47, 297, 342, 346, 348, 388, 390, 393, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a don CARLOS FERNANDO BLANC DÍAZ ya individualizado a sufrir la pena de veintiún días de prisión en su grado medio, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a un tercio de unidad tributaria mensual, y accesorias de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena como autor, en grado de tentado, del delito establecido en el artículo 213 inciso segundo del Código Penal perpetrado el día veintidós de julio del año dos mil veintidós en la comuna de Victoria. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos de los artículos 7 y 8 de la ley 18.216 se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la de reclusión parcial nocturna en su domicilio ubicado en calle Transit N° 628, departamento 304, comuna Estación Central, por el término de duración de la condena, entre las 22 horas de cada día y hasta las 06:00 horas del día siguiente quedando sujeto al control de monitoreo telemático debiendo presentarse en el Centro de Reinserción Social más cercano a su domicilio a fin de dar inicio a la pena impuesta. Para tales efectos, solicítese Informe de Factibilidad a la brevedad a fin de dar cumplimiento a lo resuelto por este Tribunal y de ser negativo,
Texto Completo (Preview)
1 Victoria, veinticinco de agosto del año dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el Ministerio Público, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don CARLOS FERNANDO BLANC DÍAZ, cédula de identidad N° 16.579.977-1, ignoro profesión u oficio, domiciliado en calle Transit N° 628, Departamento 304, comuna de Estación Central, representado por el defensor p
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